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DECRETO N° 959/2021

Rosario, "Cuna de la Bandera", 09 de junio de 2021.

VISTO: Que mediante actuaciones N° 21269-D-2020, a través de las cuales se tramita la Licitación Pública para la "Adquisición de desbrozadoras, motosierras, podadoras de altura, sopladoras de mano y plataformas de corte de césped", bajo la supervisión de la Dirección General de Mantenimiento Urbano y Respuesta Cercana, fijándose por Decreto N° 231/21 como fecha del acto de apertura de ofertas para el día 30/03/21,

Y CONSIDERANDO: Que la Dirección de Contabilidad de Ejecución del Presupuesto realizó la afectación preventiva del gasto, Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos emite opinión al respecto mediante Dictamen N° 334/21 a Fs.112 no teniendo que formular observaciones en cuanto a los actos preparatorios del procedimiento e indicando requerir a la firma "Juan Carlos Battilana" ampliar el rubro correspondiente al objeto de la licitación ante el Padrón de Agentes de Cobro, para lo cual la Dirección General de Mantenimiento Urbano y Respuesta Cercana cursó la respectiva notificación a Fs.113 habiendo sida cumplimentada por el oferente tal como lo expresa el Dictamen N° 413/21 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos a Fs.123, Que la Dirección General de Mantenimiento Urbano y Respuesta Cercana realiza la preadjudicación correspondiente de acuerdo a planilla e informe a Fs.124-125, Que la Dirección General de Compras y Suministros -Junta de Compras -, conforme consta a Fs.126, se expide sobre el particular, en coincidencia con la preadjudicación referida, Siendo necesario proveer sobre el particular, en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1°: ADJUDICASE, la Licitación Pública para la "Adquisición de desbrozadoras, motosierras, podadoras de altura, sopladoras de mano y plataformas de corte de césped" tramitada mediante Expediente N° 21269-D-2020 a la firma "JUAN CARLOS BATTILANA" por única propuesta y precio corriente en plaza por un importe total de $ 9.591.069.-(Pesos Nueve Millones Quinientos Noventa y Un Mil Sesenta y Nueve).- en un todo de acuerdo con lo expresado en el visto y considerando precedente. (Modificado por el Art. 1° del Decreto 1124/2021)

ARTÍCULO 2°: La firma adjudicataria una vez notificada de los términos del presente decreto deberá constituir un depósito de garantía del 5% del total adjudicado.

ARTÍCULO 3°: AUTORIZASE, por medio de la Dirección de Liquidaciones, a la devolución de la garantía de mantenimiento de oferta.

ARTÍCULO 4°: El gasto que demande el presente decreto deberá imputarse a la siguiente partida del presupuesto vigente:

CONVERTIDOR

PROGRAMÁTICO                                  PARTIDA                                        DENOMINACIÓN

     07095                     1-07-12-00-1-0 1-0 1-3-9-04-03-08-00         Herramientas y Rep.Mayores

ARTÍCULO 5°: Dése a la Dirección General de Gobierno, insértese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y comuníquese.

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