Ordenanza N° 10171/2020
ORDENANZA
(N° 10.171)
(N° 10.171)
Concejo Municipal
Las/os Concejalas/es Daniela León, Alejandro Rosselló, Ana Martínez, Carlos Cardozo, Germana Figueroa Casas y Susana Rueda han presentado el siguiente proyecto de Ordenanza, el cual expresa:
"Visto: La solicitud del grupo TGD Padres Rosario TEA, conformado por padres y madres que trabajan incesantemente por garantizar los derechos de sus hijos y de todas aquellas personas con autismo o Trastorno del Espectro Autista, TEA, respecto de la necesidad de crear un plan de accesibilidad cognitiva de implementación en espacios públicos administrativos, recreativos y de señalización vial, y
Considerando: Que TGD Padres TEA es una red de familiares, principalmente madres y padres de personas con autismo, autoconvocados bajo las garantías de los arts. 14 y 19 de la Constitución Nacional, que nació hace trece años y hoy cuenta con cerca de 60 nodos en todo el país. Las diferentes agrupaciones que conforman la red coordinan acciones a nivel nacional con tres objetivos principales: dar visibilidad a los Trastornos del Espectro Autista, incidir en políticas públicas que garanticen derechos de las personas con TEA y sus familias, y generar empoderamiento familiar y ciudadano.
Que en Rosario, TGD Padres Rosario TEA funciona desde hace nueve años y realizan entre otras cosas, las campañas de difusión del 2 de abril, Día Mundial de Concientización del Autismo, declarado por la ONU, y Día Nacional de acuerdo con la Ley Nº 27.053.
Que les urge difundir y concienciar sobre esta condición, ya que el crecimiento de casos en el mundo es exponencial y las últimas estadísticas arrojan un resultado en la prevalencia de 1 cada 56 niños.
Que en la República Argentina contamos a nivel Nacional con la Ley N° 27.043 que declara de Interés Nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA); Ley Provincial Nº 13.328, referente a la Protección Integral de las Personas con Trastornos del Espectro Autista (TEA) y/o Trastornos Generalizados de Desarrollo (TGD) y a partir de octubre de 2018 la adhesión de la Provincia de Santa Fe a la Ley Nacional N° 27.043 mediante la sanción de la Ley Provincial N° 13.795.
Que Rosario fue pionera entre todas las ciudades de Argentina al sancionar en octubre de 2016 la Ordenanza Municipal N° 9.633 que crea un protocolo para garantizar el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA); la investigación clínica y epidemiológica en la materia, así como también la formación profesional en su pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento; su difusión y el acceso a las prestaciones, previo a que se reglamente la Ley Nacional Nº 27.043 Y la adhesión de nuestra provincia a través de la Ley Nº 13.795.
Que la accesibilidad cognitiva contempla las características y capacidades de las personas con TEA y les ayuda a comprender, utilizar, participar Y disfrutar de los entornos con autonomía y comodidad.
Que se trata de una cualidad de los entornos, que les permite orientarse con facilidad y entender la información, permitiendo a todas las personas comunicarse y relacionarse con otras personas. .
Que la creación de este plan de accesibilidad cognitiva tiene como propuesta la implementación de pictogramas en espacios públicos administrativos y recreativos, y la señalización vial.
Que se entiende por la señalización en espacios, el uso de pictogramas o imágenes para ayudar a desenvolverse a personas que se encuentran limitadas para comunicarse a través del habla o la escritura natural, permitiéndoles encontrar fácilmente lo que buscan.
Que se define a un pictograma como un signo icónico dibujado y no lingüístico, que representa figurativamente, de forma más o menos realista, un objeto real, o un significativo.
Que el plan de accesibilidad cognitiva se genera no sólo por la necesidad de utilizar estrategias para lograr una inclusión un poco más real, sino también reproduciendo los movimientos que se observan en nuestro país y en el exterior.
Que TGD Padres Rosario, acompaña a la presente propuesta los pictogramas a utilizar como plan vial para Rosario cuya ejecución se realizará sobre la primera línea de la senda peatonal.
Que, de igual modo, para los espacios públicos administrativos y recreativos, acompañan sugerencias.
Que es menester de este Cuerpo, trabajar sobre la concientización acerca del TEA como así también la de generar espacios de inclusión".
Por lo expuesto, se eleva para su aprobación el siguiente proyecto de: ORDENANZA
Artículo 1°.- Créase el Programa Municipal de Accesibilidad Cognitiva como herramienta para promover entornos, información y procesos de fácil comprensión para toda la comunidad y en particular la autonomía en el desarrollo personal y la seguridad vial de las personas con Autismo o Trastorno del Espectro Autista (TEA) dentro del ámbito de la Municipalidad de Rosario..
Art. 2°.- El Programa tiene como objetivos:
a) La creación de un plan de Accesibilidad Cognitiva para efectores de salud y reparticiones públicas municipales con atención al público y recreativos, y
b) La señalización vial, para facilitar la comprensión e interpretación de reglas viales con el objetivo de garantizar el bienestar físico de las personas con TEA.
Ambos objetivos se llevarán a cabo a través de la implementación del sistema de señalización y orientación de fácil comprensión denominado Me pongo en tus zapatos.
a) La creación de un plan de Accesibilidad Cognitiva para efectores de salud y reparticiones públicas municipales con atención al público y recreativos, y
b) La señalización vial, para facilitar la comprensión e interpretación de reglas viales con el objetivo de garantizar el bienestar físico de las personas con TEA.
Ambos objetivos se llevarán a cabo a través de la implementación del sistema de señalización y orientación de fácil comprensión denominado Me pongo en tus zapatos.
Art. 3°. – Créase el sistema Me pongo en tus zapatos en el marco del Programa Municipal de Accesibilidad Cognitiva que tiene por objeto promover entornos, información y procesos de fácil comprensión para toda la comunidad que deberá incorporar los siguientes lineamientos para su diseño:
• Utilización de gamas cromáticas diferentes para identificar espacios generales y especialidades ubicados en estos.
• Diseño y validación de pictogramas asociados a los servicios/dependencias existentes.
• Sistema de señalización homogéneo y coherente. La persona dispondrá de información en todo momento para orientarse, desplazarse y encontrar los servicios/dependencias existentes.
• Aplicación de la herramienta de lectura fácil en el sistema de la señalización y en la información escrita relevante a disposición de las personas.
• Elaboración de planos orientativos por nivel y/o sector que identifique además las rutas accesibles del edificio (para personas con movilidad reducida).
• Incorporación de códigos QR en los directorios principales, informando, de manera sencilla, la composición y distribución de los espacios que conforman el edificio
• Diseño y validación de pictogramas asociados a los servicios/dependencias existentes.
• Sistema de señalización homogéneo y coherente. La persona dispondrá de información en todo momento para orientarse, desplazarse y encontrar los servicios/dependencias existentes.
• Aplicación de la herramienta de lectura fácil en el sistema de la señalización y en la información escrita relevante a disposición de las personas.
• Elaboración de planos orientativos por nivel y/o sector que identifique además las rutas accesibles del edificio (para personas con movilidad reducida).
• Incorporación de códigos QR en los directorios principales, informando, de manera sencilla, la composición y distribución de los espacios que conforman el edificio
Art. 4°. - Se entiende por pictogramas a un signo icónico dibujado y no lingüístico, que representa figurativamente, de forma más o menos realista, un objeto real, o uno significativo.
Art. 5°.- El ámbito de aplicación es la o las reparticiones que determine el Departamento Ejecutivo Municipal y cuya labor será elaborar los pictogramas en forma conjunta con las organizaciones rosarinas que trabajan con las personas con TEA y diseñar el sistema atendiendo a los criterios definidos en el artículo 3º de la presente Ordenanza y realizará la prueba piloto establecida en el Decreto Nº 67.399.
Se adjunta como Anexo I a la presente Ordenanza, la propuesta de pictogramas que utiliza la organización de padres TGD Padres Rosario TEA
Se adjunta como Anexo I a la presente Ordenanza, la propuesta de pictogramas que utiliza la organización de padres TGD Padres Rosario TEA
Art. 6°.- La Municipalidad debe articular con el sector comercial (centros comerciales cerrados y abiertos) y turístico (paseos turísticos) para replicar esta iniciativa en esos ámbitos.
Art. 7º.- Difusión. La autoridad de aplicación debe realizar campañas informativas y explicativas a los fines de difundir el sistema de señalización y orientación de fácil comprensión Me pongo en tus zapatos. Asimismo, la información sobre dicho sistema debe estar disponible en el sitio web de la Municipalidad de Rosario.
Art. 8º.- Promoción. El Departamento Ejecutivo Municipal debe propender a capacitar a los empleados de la administración cuyas funciones sean referidas a la atención al público.
Art. 9º.- Reglamentación. El Departamento Ejecutivo Municipal debe reglamentar la presente ordenanza en un plazo de nueve (9) meses desde su promulgación, habiendo finalizado la prueba piloto propuesta en el artículo 5º de la presente Ordenanza, estableciendo asimismo los protocolos adicionales necesarios para su implementación y supervisión.
Art. 10º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M
Sala de Sesiones, 17 de diciembre 2020.-
