Herramientas Personales

ORDENANZA N° 9421/2015

LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO LA SIGUIENTE

ORDENANZA

(N° 9.421)

 

Concejo Municipal

Las Comisiones de Salud y Acción Social y Presupuesto y Hacienda, han tomado en consideración el proyecto presentado por los concejales Rosúa M., Gimenez Belegni, Cossia y Rosselló, que expresa:

VISTO: La necesidad de generar herramientas de acompañamiento en el proceso de formación y capacitación a entrenadores deportivos, directores técnicos y dirigentes de clubes e instituciones deportivas, y

CONSIDERANDO: Que "Pedagogías del Deporte" tienen la finalidad y el objetivo principal de capacitar y brindar nuevas herramientas gratuitas, a entrenadores deportivos en el área de preparación física general, directores técnicos (DT) y dirigentes de clubes e instituciones deportivas de la Ciudad de Rosario.

Que la creación del programa "Pedagogías del Deporte" tiene como antecedente el trabajo realizado en las clínicas de Hockey y Rugby. En dicho marco, se llevan a cabo jornadas de desarrollo y perfeccionamiento de dichas disciplinas deportivas.

Que la implementación de "Pedagogías del Deporte" está pensada para disciplinas cuyas prácticas se realizan en todos los clubes de Rosario: Fútbol, Básquet y Vóley.

Que, partiendo de la implementación en los tres deportes mencionados. "Pedagogías del Deporte" no tiene carácter excluyente, pudiendo ser aplicado al desarrollo de otras disciplinas que se pueden incorporar a la modalidad Clínica del saber deportivo.

Que "Pedagogías del Deporte" comprende, asimismo, un ciclo de conferencias y charlas a cargo de especialistas en diferentes áreas: salud, deporte, educación física, técnica deportiva y de iniciación.

Que dicho aprendizaje se proyecte hacia la práctica de las diferentes áreas en que se desenvuelven los entrenadores, DT y dirigentes.

Que "Pedagogías del Deporte" tiende a reconocer la constante actividad de quienes llevan a cabo la labor dentro de clubes e instituciones, creando cultura deportiva y entendiendo al deporte como instrumento de cambio y de transformación.

Que "Pedagogías del Deporte" invite a participar y acompañar a la comunidad empresaria interesada en la actividad deportiva a sponsorear la agenda planificada.

Por lo expuesto estas comisiones aconsejan para su tratamiento y aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Artículo 1°.- Créase en el ámbito de la Secretaría de Deportes y Turismo de la Municipalidad de Rosario, en articulación con la Secretaría de Género y Derechos Humanos de la Municipalidad de Rosario, el Programa "Pedagogías del Deporte", dirigido a fortalecer el proceso de formación y capacitación de entrenadores deportivos, directores técnicos, dirigentes, colaboradores y deportistas de clubes e instituciones de la ciudad de Rosario. (Modificado por el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 10.352/2022).

 

Artículo 2°.- En cumplimiento del artículo anterior, el Programa "Pedagogías del Deporte" constará de:

1. Sensibilización y formación en igualdad.

2. Capacitación en Derechos Humanos, Perspectiva de Género, Diversidad y Educación Sexual Integral.

(Modificado por el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 10.352/2022).

 

Artículo 3°.- Establézcase el carácter obligatorio y permanente de la capacitación y formación en Derechos Humanos, Perspectiva de Género, Diversidad y ESI para entrenadores deportivos, directores técnicos, dirigentes, colaboradores y deportistas de clubes e instituciones de la ciudad de Rosario, siendo requisito para el acceso y permanencia en las instituciones deportivas de la ciudad, la realización del curso de formación en materia de Derechos Humanos, Violencia de Género, Diversidad y Derechos de las Mujeres, Niños, Niñas y Adolescentes. (Incorporado por el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 10.352/2022).

 

Artículo 4°.- La Secretaria de Deportes y Turismo, a través de la Secretaria de Género y Derechos Humanos, o de la dependencia que en el futuro la reemplace, será la encargada de desarrollar e implementar los cursos de formación en Derechos Humanos, Perspectiva de Género, Diversidad, y Educación Sexual Integral (ESI), conformando para esto los equipos de instructores que llevarán adelante el dictado de los mencionados cursos y capacitaciones. (Incorporado por el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 10.352/2022).

 

Artículo 5°.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M. (Incorporado por el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 10.352/2022).

 

Sala de Sesiones, 27 de agosto de 2015

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