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ORDENANZA Nº 4311/1987

Artículo 1º.-Fijase como plazo improrrogable para la erradicación definitiva del Mercado Municipal de Hacienda de los terrenos que actualmente ocupa, jurisdicción de la Municipalidad de Rosario, el día 19/04/90. (Modificado por el art. 1º de la Ordenanza Nº 4857/90).
Artículo 2º.-El Departamento Ejecutivo implementará las medidas necesarias para parquizar el área desafectada del uso específico del Mercado de Hacienda de Rosario.
Artículo 3º.Derógase toda norma anterior que se oponga a la presente así como también quedan sin efecto todas las actas y convenios anteriores no cumplidos que comprometan al Municipio de Rosario en este tema.
Artículo 4º.-Comuníquese a la Intendencia, publíquese y agréguese al D.M.
Sala de Sesiones, 12 de noviembre de 1987.

 

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