Herramientas Personales

Ordenanza Nº 7532


La Comisión de Planeamiento y Urbanismo, la Comisión de Gobierno y Cultura y la Comisión de Salud y Acción Social, han tomado en consideración el proyecto de Ordenanza presentado por los Concejales Rossi y Lamberto, quienes proponen la derogación de la Ordenanza Nº 6.886/99 y el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 1.732/64, vigentes en el rubro “Bares Americanos”.


Considerando: Que, la Ordenanza que regula el rubro “Bares” en generales la Ordenanza 1.732/64 y sus ordenanzas y decretos modificatorios.

Que, en lo que se refiere a servicios sanitarios la norma antes citada en su artículo 4 establece: “Estos locales deberán poseer servicios sanitarios debidamente separados por sexo, dotados de las instalaciones exigidas en las reglamentaciones vigentes”.

Que, un sólo artículo contempla a los “Bares Americanos’’ en particular.

Así el artículo 12 en su primer párrafo los definía y en su segundo párrafo los exceptuaba de lo dispuesto en el artículo 4, al establecer: “Estos negocios cumplirán los mismos requisitos y condiciones establecidas para el rubro “bar”, salvo en lo referente a los servicios sanitarios, a los que se les permitirá funcionar con un sólo baño, para uso exclusivo de su personal, dotado de las instalaciones exigidas por las disposiciones en vigor”.

Que, posteriormente, se promulgó la Ordenanza Nº 6.886/99 con el fin de regular específicamente el rubro “Bares Americanos”.

Que, la Ordenanza 6.886/99 deroga el artículo 12º de la Ordenanza 1.732/64, por lo que hace extensivo lo normado en el artículo 4º de ésta última a los bares americanos.

Que, a partir de su dictado, en lo relativo a servicios sanitarios se igualaron las exigencias entre bares americanos y bares en general, por lo que los bares americanos deben contar con servicios sanitarios debidamente separados por sexo.

Que, es necesario flexibilizar las normas cuando las exigencias sean excesivas y funcionen en la práctica como un obstáculo para la realización de nuevos emprendimientos comerciales para la ciudad.

Que, la “Comisión de Análisis de Normas de Aplicación para la Habilitación de Locales Comerciales e Industriales” ha considerado necesario modificar la normativa vigente, eliminando el requisito de que los bares americanos deban contar con servicios sanitarios separados por sexo.

Que, asimismo se consideró necesario establecer además de un mínimo de superficie de los locales de 16 m2 (como lo establece la normativa actual) un máximo 50 m2.

Por lo expuesto, estas Comisiones solicitan la aprobación del siguiente proyecto de Ordenanza:

Artículo 1.- Derógase la Ordenanza Nº 6.886/99.


Art. 2º.- Derógase el artículo 12º de la Ordenanza Nº 1.732/64.

Art. 3º.-Se registrará con el rubro "Bar Americano" a todo local debidamente autorizado para el expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, cafés, masas y todo producto afín a los negocios definidos en los artículos 1043, 1044, 1045 y 1046 de la Ley Nº 2.998 (Código Bromatológico) que posea un mínimo de superficie útil de 16 m2 y un máximo de 40 m2.

El local deberá contar con barra, mesas, sillas y/o banquetas, de manera tal de garantizar una calidad de ocupación de acuerdo a lo previsto en el rubro "Bar", quedando prohibido contar con mesas y sillas en la vereda".

Art. 4º.- Podrán funcionar con un único servicio sanitario de uso común con el personal, exceptuándoselos de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ordenanza Nº 1 732/64.

Art. 5º.- En aquellos locales en los que para su puesta en funcionamiento sea necesario construir las unidades sanitarias, se deberá prever la adaptación de las mismas para uso de personas con discapacidad.

Art. 6º.- En todo lo que no sea materia de regulación específica de la presente Ordenanza, los "Bares Americanos" deberán cumplir con los requisitos y condiciones generales establecidos para el rubro "Bar" previstos en la Ordenanza Nº 1.732/64, sus ordenanzas y decretos modificatorios.

Art. 7º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M.

Sala de Sesiones, 29 de mayo de 2003.

Acciones de Documento