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Ordenanza 7731/2004

LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Nº 7.731

Honorable Concejo:
La Comisión de Servicios Públicos Concedidos ha tomado en consideración el proyecto presentado por el Conc. Marengo, que expresa:
"VISTO: La preocupación de los vecinos respecto al servicio que presta el Transporte Urbano de Pasajeros, más precisamente en lo inherente a las frecuencias y a la categórica falta de conocimiento de los horarios reales del paso de las unidades por sus correspondientes paradas, y
CONSIDERANDO: Que son innumerables los perjuicios que se les ocasionan a los usuarios del T.U.P. dada la imprevisibilidad de los tiempos del transporte, especialmente, cuando aquéllos están sujetos al cumplimiento de horarios preestablecidos, tales son, entre otros, trabajadores, cuya tardanza puede traerles aparejada la pérdida del presentismo y su acumulación ser causal de despido; estudiantes, que en función de la falta de asistencia en tiempo propio pueden llegar a tener que enfrentar la exclusión del cursado regular; pacientes de hospitales, cuyas demoras les pueden acarrear la privación de una atención médica necesaria e impostergable.
Que está demostrado que la fiscalización llevada a cabo por el Departamento Ejecutivo Municipal es insuficiente.
Que, igualmente, han resultado insuficientes los medios instrumentados por el Departamento Ejecutivo que tuvieron por objeto recepcionar denuncias efectuadas por parte de los vecinos, en obvia alusión en todo lo relacionado a la calidad del servicio del T.U.P.
Que estamos abocados al tratamiento de un servicio, que unido al de la recolección de residuos constituyen los dos servicios públicos más importantes que brinda la Municipalidad, y que de su notorio deterioro de prestación, a través del tiempo, lo peor que funciona del transporte urbano de pasajeros es la frecuencia.
Que el último 4 de marzo, el Intendente Municipal en ocasión de dar apertura al período de sesiones ordinarias del H.C.M. entre otros aspectos destacó que "estamos tramitando para que la información de los ciudadanos sea más accesible y clara, de modo que el control ciudadano pueda ser más efectivo. De la misma forma se promoverán mecanismos de participación de los vecinos en el control de servicios y prestaciones municipales y de terceros.
No se trata solamente de satisfacer a los usuarios, o de consultarlos, sino de transformar ese vínculo en un elemento clave para la calidad de la gestión"; y continuó diciendo, "finalmente, en este segundo grupo de iniciativas, merecen una mención especial aquéllas vinculadas al mejoramiento del ejercicio del poder de policía municipal y al control de las faltas o contravenciones a las normativas vigentes. Pretendemos una ciudad cuidada y ordenada, con reglas de juego claras para todos."
Que de lo anteriormente expuesto, asoma con meridiana claridad que lo que pretende la actual administración municipal, opinión que lógicamente compartimos, "es suministrar al vecino una clara y profusa información en todo lo relacionado a su interés". Y que, por lo tanto, no basta con la mera denuncia que se pueda realizar por incumplimiento en la prestación de un servicio si no es acompañada de una información expresa, precisa y de alcance público, que verse acerca de cuál y en qué tiempo la prestación del servicio debe ser cumplida.
Que los días 30 y 31 de marzo pasados, a través de distintos medios masivos de comunicación, el Departamento Ejecutivo anunció el inicio de la instalación de un total de 1.000 refugios para la espera del transporte colectivo, como así también, la colocación de 150 carteles informativos sobre el servicio y 1.000 postes indicadores de paradas.
Que si no nos desviamos del verdadero sentido de lo aquí planteado, sus derivaciones, implicancias y connotaciones ampliamente perjudiciales a los legítimos intereses de los vecinos en general, y en particular de aquéllos que son usuarios del T.U.P.; resulta sumamente apropiado tomar en cuenta y por fin materializar diversas medidas que operativamente maximicen la utilización de los 1.000 refugios, 150 carteles informativos y 1.000 postes indicadores a instaIarse de cara a proporcionar la mayor información, al punto de elevarla de mero elemento referencial, por cierto importante, al grado de factor de contralor por parte de la sociedad, fundamentalmente en materia de horarios y frecuencias.
Que de lo expresado, surge el imperativo de generar una norma de carácter estable y permanente que garantice la información que reclaman los usuarios del Transporte Urbano de Pasajeros, y de la cual se hace referencia en los vistos y considerandos que preceden éste párrafo".
Por todo lo expuesto la Comisión eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:

O R D E N A N Z A

Artículo 1º. - Créase el Sistema de Información al Usuario del Transporte Urbano de Pasajero de la ciudad de Rosario.
Artículo 2º. – Este Sistema deberá garantizar a los usuarios el acceso a todos los datos referidos a las líneas del T.U.P. sobre recorridos, frecuencias y horarios. Esta información estará disponible, según las posibilidades técnicas, en refugios, Centros Municipales de Distritos, Hospitales, dispensarios, oficinas del Banco Municipal y toda otra dependencia que el Departamento Ejecutivo considere apropiada. La información disponible en los refugios de las paradas del T.U.P. consignará frecuencias y horarios de paso de las unidades por las mismas. (Modificado por el Art. 2º de la Ordenanza Nº 8262/08)
Artículo 3º.- Las unidades de transporte urbano de pasajeros serán parte constitutiva del Sistema de Información al usuario del T.U.P., debiendo, dotarse a cada una de ellas de la información referida a la línea de que se trate, frecuencias y horarios.
Artículo 4º.- El Sistema de Información al Usuario de Transporte Urbano de Pasajeros deberá instrumentar en la página oficial de la Municipalidad un link conteniendo la información al usuario.
Artículo 5º.- El Departamento Ejecutivo Municipal habilitará una línea telefónica gratuita que funcionará todos los días del año, las 24 horas del día; y una cuenta de correo electrónica exclusivamente al servicio del Sistema de Información al Usuario del Transporte Urbano de Pasajeros; las que tendrán por objeto receptar denuncias de usuarios por alteraciones en el servicio de las líneas de T.U.P., y brindar información sobre frecuencias y horarios de las mismas. (Modificado por el Art. 3º de la Ordenanza Nº 8262/08)
Artículo 6º.- Las denuncias formuladas ante el organismo de control serán comunicadas en forma inmediata a la empresa que presta el servicio al efecto que realice el descargo correspondiente y aporte las pruebas que considere pertinente, hecho lo cual el organismo de control aplicará las sanciones que considere que correspondiere.
Artículo 7º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a incorporar otros medios que contribuyan al Sistema de Información al Usuario del T.U.P., los que en ningún caso podrán importar la supresión, disminución o alteración de los ya dispuestos en la presente norma.
Artículo 7º bis.- El Departamento Ejecutivo incorporará al Sistema de Información al Usuario del T.U.P., una línea de comunicación que permita a los usuarios informarse, durante las 24 horas, sobre las frecuencias y horarios de las líneas de transporte urbano e interurbano de pasajeros por medio de mensajes de texto (SMS). (Incorporado por el Art. 1º de la Ordenanza Nº 8262/08)
Artículo 8º.- Los gastos que demanden la implementación del Sistema de Información al Usuario del Transporte Urbano de Pasajeros, serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 9º.- Implementado el nuevo sistema de transporte se realizará una amplia campaña de difusión y distribución de folletería informativa sobre los nuevos recorridos del Transporte Urbano de Pasajeros (T.U.P.) una vez realizados todos los pasos administrativos y otorgadas las concesiones.
Artículo 10º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M.
Sala de sesiones, 02 de setiembre de 2004.

Firman: Ing. Agustín O. Rossi, Presidente H. Concejo Municipal - Dra. María Verónica Solmi, Secretaria General Parlamentaria.

 

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