Rosario, Cuna de la Bandera RESOLUCIÓN Nº 001279 14/07/2022
Y VISTO el llamado a Licitación Privada Nº 029/22 efectuado para la provisión de Medicamentos Especiales para el Hosp. I. Carrasco, dependiente de la Secretaría de Salud Pública.
Y CONSIDERANDO los informes obrantes en el mencionado legajo, siendo conveniente a tales efectos proveer al respecto:
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LA SECRETARÍA DE SALUD PUBLICA
RESUELVE
Art. 1º: ADJUDICASE la precitada licitación en la forma que se indica seguidamente con estricto cumplimiento de las cláusulas contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones propuestas por los mejores oferentes y demás constancias obrantes en dichas actuaciones.-
ADJUDICATARIOS:
Droguería Líder S.R.L.; ítems: 4, 7, 8, 11, 12, 19, 21, 24, 30, 31, 35, 41, 52, 58, 65 por un importe total de pesos de setecientos cincuenta y nueve mil doscientos noventa y nueve ($759.299.-).
Nueva Era Rosario S.R.L.; ítems: 5, 6, 10, 18, 20, 22, 26, 34,44, 45, 46, 53, 61, 64, 66, 67, por un importe total de pesos de cuatrocientos noventa mil ciento veintiséis con 85/100 ($490.126,85.-).
Grupo Bosch S.C.; ítems: 1, 3, 9, 13, 15, 17, 23, 27, 28, 33, 36, 37, 54, 55, 59,60, 62, 68, por un importe total de pesos de un millón noventa y siete mil setecientos treinta y uno con 20/100 ($1.097.731,20.-).
Droguería 20 de Junio S.A.: ítems 29, 42, 43, 47, 49, por un importe total de pesos de seiscientos cuarenta y cinco mil cuarenta ($ 645.040.-).
Droguería Comarsa S:A,: Ítems 16,: por un importe de pesos de ciento diciesiete mil cuatrocientos ocho con 80/100 ($ 117.408,80.-).
Art. 2º: DECLARESE DESIERTO: ítems: 51, 56, 63.
Art. 3º: DECLARESE DESESTIMADO: ítems: 2, 14, 16, 25, 32, 38, 39, 40, 50, 57.
Art. 4º: EL GASTO que demande el cumplimiento de la presente Resolución se imputará de la siguiente manera:
A la Partida 0.8042. 01. 08. 04. 00. 02. 01. 14. 2. 1. 02. 05. 02. 02, Hormonales, por un importe total de pesos de seiscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos setenta ($654.670.-);
A la Partida 0.8042. 01. 08. 04. 00. 02. 01. 14. 2. 1. 02. 05. 02. 07, Específicos vía de Excepción, por un importe total de pesos de cincuenta y nueve mil cien ($59.100.-);
A la Partida 0.8042. 01. 08. 04. 00. 02. 01. 14. 2. 1. 02. 05. 02. 12, Drogas Cardiológicas y Cardiovasculares Generales, por un importe total de pesos de doscientos cincuenta y seis mil quinientos treinta ($256.530.-);
A la Partida 0.8042. 01. 08. 04. 00. 02. 01. 14. 2. 1. 02. 05. 02. 13, Drogas Tracto Alimentario y Metabolismo Generales, por un importe total de pesos de trescientos siete mil cuatrocientos setenta y cinco ($ 307.475.-);
A la Partida 0.8042. 01. 08. 04. 00. 02. 01. 14. 2. 1. 02. 05. 02. 16, Drogas Vías Aéreas - Aerosoles, por un importe total de pesos novecientos cincuenta y cuatro mil ochocientos diez con 25/100 ($954.810,25.-);
A la Partida 0.8042. 01. 08. 04. 00. 02. 01. 14. 2. 1. 02. 05. 02. 23, Específicos Generales, por un importe total de pesos de trescientos treinta y ocho mil sesenta y uno ($338.061.-);
A la Partida 0.8042. 01. 08. 04. 00. 02. 01. 14. 2. 1. 02. 05. 02. 24, Específicos Normalizados, por un importe total de pesos de doscientos sesenta y cinco mil trescientos treinta y nueve con 40/100 ($265.339,40.-);
A la Partida 0.8042. 01. 08. 04. 00. 02. 01. 14. 2. 1. 02. 05. 02. 32, Drogas cardiologicas y cardiovasculares Normalizadas, por un importe total de pesos de sesenta y dos mil ($62.000.-);
A la Partida 0.8042. 01. 08. 04. 00. 02. 01. 14. 2. 1. 02. 05. 02. 33, Drogas Tracto Alimentario y Metabolismo Normalizadas, por un importe total de pesos de ciento cincuenta y seis mil ochocientos treinta con 20/100 ($156.830,20.-);
A la Partida 0.8042. 01. 08. 04. 00. 02. 01. 14. 2. 1. 02. 05. 02. 35, Drogas sistema músculo esquelético, por un importe total de pesos de cincuenta y cuatro mil setecientos noventa ($54.790.-).
Art. 5º: COPIAR comunicar a quien corresponda y archivar.
|