Gestioná el cambio de persona titular de un sepulcro por otra persona viva.

Art. 109 Ord. 6484/97

Requisitos

  • Certificar todas las copias ante empleado municipal interviniente, escribano público o tribunales provinciales.

Documentos a presentar

Motivos permitidos para las cesiones: 

- Ceder a un familiar en vida, ya sea hijos, sobrinos, hermanos, etc

- Ceder a un familiar directo del inhumado

  • Título original

  • DNI del cedente/s y cesionario/s

    Según el estado civil del cedente:

  • Casado, copia certificada de la libreta de matrimonio y conformidad del cónyuge para la solicitud de transferencia.

  • Soltero, declaración jurada de su estado civil en la Oficina del Departamento Mutuales del Cementerio El Salvador.

  • Viudo, copia certificada del certificado de defunción y libreta de matrimonio.

Costo

Cuando el trámite se aprueba y a los efectos del registro de la transferencia de nichos, perpetuas y panteones entre herederos u otros deberás abonar el 10% del valor de los nichos, sepulturas y/o terrenos (Art. 15 de la OGI).

   

Cómo realizarlo

Solicitá un turno web para la oficina de Mesa de Entradas. El día del turno acercate al Centro Municipal de Distrito correspondiente con la documentación a presentar indicada.

Importante Para resolver online este trámite necesitás tener Perfil Digital.
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Alerta

Solo se permite una transferencia de este tipo cada 10 años por titular

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