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Sección 2.5. De las reclamaciones

De las resoluciones adoptadas por la Dirección General de Obras Particulares, sobre aplicación de suspensiones en el uso de la firma, por 2 años o más, los interesados podrán recurrir al Intendente Municipal exponiendo sus derechos dentro de los 10 días de notificados de dicha resolución, el Intendente resolverá dentro de los treinta días, previo dictamen de la Dirección General de Obras Particulares, conjuntamente con un representante del Colegio respectivo.

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