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Sección 7. De los aspectos higrotérmicos y demanda energética de las construcciones

 

Ordenanza Nº 8757/11

ANEXO I

ALCANCES, DISPOSICIONES DE DISEÑO Y NORMATIVAS PARA TRATAMIENTO REGLAMENTARIO

 

7.1. GENERALIDADES


7.1.1. ÁMBITO DE APLICACIÓN
 

1. Esta Sección es de aplicación en:

a) edificios de nuevas construcción; correspondiente a edificios públicos o privados (Edificios de viviendas, oficinas, comerciales, educacionales, etc.).

b) modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes públicos o privados, con una superficie útil superior a 500 m2, y/o donde se renueve más del 25 % del total de sus cerramientos.

 2. Se excluyen del campo de aplicación:

a) aquellas edificaciones que por sus características de utilización deban permanecer abiertas;

b) edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico, cuando el cumplimiento de tales exigencias pudiese alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto.

c) edificios utilizados como lugares de culto y para actividades religiosas;

d) construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años;

e) instalaciones industriales, talleres y edificios agrícolas no residenciales;

f) edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.

7.1.2. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN

1. Para la correcta aplicación de esta Sección deben realizarse las verificaciones siguientes:

1.1. Verificación de Proyecto:

a) Control de las condiciones de habitabilidad (IRAM 11605); mediante la limitación de los parámetros característicos de los cerramientos y particiones interiores que componen su envolvente térmica. La comprobación se realiza a través de la comparación de los valores obtenidos en el cálculo con los valores límites permitidos.

b) Se limita la presencia de condensaciones en la superficie y en el interior de los cerramientos y se limitan las pérdidas energéticas debidas a las infiltraciones de aire, para las condiciones normales de utilización de los edificios.

c) Control indirecto de la Demanda Energética de los edificios en calefacción (IRAM 11604); mediante la limitación del parámetro Gcal.

d) Control indirecto de la Demanda Energética de los edificios en refrigeración (IRAM 11659/1 y /2); mediante la limitación del parámetro Gr.

2.1. Verificación de Construcción:

La construcción de los edificios se comprobará, de acuerdo con las indicaciones descriptas en el Apartado 4 del presente documento.

 

7.1.3. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

 

1. Se deberá anexar a lo requerido por las disposiciones de cada organismo de aplicación y ser presentadas con la firma del propietario y el profesional responsable del diseño, con el fin de obtener el permiso de inicio de obra, la siguiente documentación:

a) Planilla de cálculo de la Transmitancía Térmica “K” para cada componente de la envolvente, para condición de invierno y verano; de acuerdo con Planilla IRAM 11601- Verificación de la Transmitancia Térmica Máxima Admisible Igual o menor a las establecidas para los Niveles A o B.

b) Planilla de verificación de las Condiciones Higrotérmicas de los paños centrales, Riesgo de Condensación Superficial y Riesgo de Condensación Intersticial según IRAM 11625. Según Planilla IV y V (IRAM 11625)

c) Planilla de verificación de las Condiciones Higrotérmicas de puntos singulares, Riesgo de Condensación Superficial y Riesgo de Condensación Intersticial según IRAM 11630.

d) Planilla de verificación del coeficiente volumétrico Gcal de pérdidas de calor y carga térmica admisible Gadm; según Normas IRAM 11604; Según Planilla C1.IRAM 11604.

e) Planilla de verificación del coeficiente volumétrico Gr, de demanda de refrigeración según Norma IRAM 11659-2.

7.1.4.

La autoridad de aplicación deberá verificar el total cumplimiento de las exigencias normativas y de la documentación técnica requerida en el presente, para la iniciación de la construcción y a los efectos de autorizar oportunamente, el correspondiente Certificado de Final de Obra.

7.2. CARACTERIZACIÓN Y CUANTIFICACIÓN DE LAS EXIGENCIAS

7.2.1. AISLAMIENTO TÉRMICA – CONDICIONES HIGROTÉRMICAS.

1. La aislación térmica de los edificios se limita en función de la zonificación climática establecida en norma IRAM 11603; sintetizada en el Apartado 3.1.1., del presente documento.

2. Las transmitancias térmicas serán inferiores a las indicadas en las tablas del Apartado 2.1.2.

3. Los parámetros característicos que definen la envolvente térmica se agrupan en los siguientes tipos:

a) transmitancia térmica de muros de la envolvente (M)                                             KMMAX;

b) transmitancia térmica de cubiertas (C)                                                                    KCMAX;

c) transmitancia térmica de pisos (S)                                                                           KPMAX;

d) transmitancia térmica de cerramientos en contacto con el terreno (T)                   KTMAX;

e) transmitancia térmica de huecos (ventanas, puertas) (H)                                       KVMAX;

f) factor de exposición de radiación solar de huecos                                                   FesH

g) factor de exposición de radicación solar de lucernarios (L)                                     FesL

h) transmitancia térmica de muros medianeros (MD)                                                  KMDMAX

7.2.1.1. Exigencias de la envolvente térmica

Se establecen dos niveles de verificación, dependiendo del consumo energético global (CEG):

NIVEL A: Construcciones con alto consumo energético global

(Será de aplicación las exigencias según NIVEL A; s/ IRAM 11605/96)

Corresponden a Edificios públicos o privados con superficies totales mayores a 500 m2 y/o altura mayor a los 10 m (considerados a partir del nivel de vereda)

NIVEL B: Construcciones con bajo consumo energético global.

(Será de aplicación las exigencias según NIVEL B; s/ IRAM 11605/96)

Corresponden a Edificios públicos o privados con superficies totales de hasta 500 m2 y/o altura de hasta 10 m de altura (considerados a partir del nivel de vereda)

 

7.2.1.2. Valores limites de los parámetros térmicos de los cerramientos (Kl max) en W/m2 -ºK

 

Nivel A

 
VALORES PARA CERRAMIENTOS DE LA ENVOLVENTE
Transmitancia térmica máxima en muros envolventes y cerramientos opacos
KMmáx
0,50
W / m2 ºK
 
 
 
 
Transmitancia térmica máxima en pisos
KMmáx
0,35
W / m2 ºK
 
 
 
 
Transmitancia térmica máxima en cubiertas
KMmáx
0,32
W / m2 ºK
 
 
 
 
Transmitancia térmica máxima en huecos y cerramientos no opacos
KMmáx
1,80
W / m2 ºK
% huecos
N
NE/NO
E/O
S
 
 
 
0 a 20
4,0
4,0
3,5
4,0
 
 
 
21 a 40
2,8
2,8
2,5
2,8
 
 
 
41 a 60
2,0
2,0
1,8
2,0
 
 
 
 
Factor de exposición de radiación solar máxima en lucernarios
FesLmáx
0,25
 
 
Factor de exposición de radiación solar máxima en huecos
FesHmáx
 
 
% huecos
N
NE/NO
E/O
S
 
 
 
0 a 20
-
-
-
-
 
 
 
21 a 40
0,41
0,36
0,36
-
 
 
 
41 a 60
0,36
0,27
0,27
-
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VALORES PARA CERRAMIENTOS DE PARTICIONES INTERIORES
Transmitancia térmica máxima en muros interiores en contacto con lugares no habitables y medianeros
KMmáx
0,65
W/m2 ºK

Los valores límites, corresponden a elementos de cerramiento cuya superficie exterior presenta un coeficiente de absorción solar de 0,7 +-0,1.

                Para valores menores a 0,6; los valores indicados pueden incrementarse en un 20 %.

                Para valores mayores a 0,8; los valores indicados deben reducirse en un 15%.

Cuando se consideren protecciones en ventanas (ej.: aleros, parasoles, cortinas), los factores de exposición solar podrán ser modificados por coeficientes de reducción de acuerdo con las características de la protección.

NIVEL B

VALORES PARA CERRAMIENTOS DE LA ENVOLVENTE
Transmitancia térmica máxima en muros envolventes y cerramientos opacos
KMmáx
1,00 W/m2°K
 
Transmitancia térmica máxima en pisos
Kpmáx
0,60 W/m2°K
 
Transmitancia térmica máxima en cubiertas
KCmáx
0,48 W/m2°K
 
Transmitancia térmica máxima en huecos y cerramientos no opacos
KHmáx
2,80 W/m2°K
% huecos
N
NE/NO
E/O
S
 
 
0 a 20
5,7
5,7
5,0
5,7
 
 
21 a 40
4,0
4,0
3,6
4,0
 
 
41 a 60
3,0
3,0
2,8
3,0
 
 
 
Factor de exposición de radiación solar máxima en lucernarios
FesLmáx
0,30
 
Factor de exposición de radiación solar máxima en huecos
FesHmáx
 
% huecos
N
NE/NO
E/O
S
 
 
0 a 20
-
-
-
-
 
 
21 a 40
0,45
0,40
0,40
-
 
 
41 a 60
0,40
0,30
0,30
-
 
 
 

VALORES PARA CERRAMIENTOS DE PARTICIONES INTERIORES
Transmitancia térmica máxima en muros interiores en contacto con lugares
no habitables y medianeros
KMmáx
1,30 W/m2°K

 Los valores límites, corresponden a elementos de cerramientos cuya superficie exterior presenta un coeficiente de absorción solar de 0,7 +-0,1.

                Para valores menores a 0,6; los valores indicados pueden incrementarse en un 20%.
                Para valores mayores a 0,8; los valores indicados deben reducirse en un 15%,

Cuando se consideren protecciones en ventanas (ej.: aleros. Parasoles, cortinas), los factores de exposición solar podrán ser modificados por coeficientes de reducción de acuerdo con las características de la protección.

7.2.2. CONDENSACIONES

1. Las condensaciones superficiales en los cerramientos y particiones interiores que componen la envolvente térmica del edificio, se limitarán de forma que se evite la formulación de mohos en su superficie interior. Para ello, en aquellas superficies interiores de los cerramientos que puedan absorber agua o susceptibles de degradarse y especialmente en los puentes térmicos de los mismos, la humedad relativa media mensual en dicha superficie sería inferior al 65%.

2. Las condensaciones intersticiales que se produzcan en los cerramientos y particiones interiores que componen la envolvente térmica del edificio serán tales que no produzcan una merma significativa en sus prestaciones térmicas o supongan un riesgo de degradación o pérdida de su vida útil. Además, la máxima condensación acumulada en cada período anual no será superior a la cantidad de evaporación posible en el mismo período.

7.2.3. PERMEABILIDAD AL AIRE

1. Las carpinterías de los huecos (ventanas y puertas) y lucernarios de los cerramientos se caracterizan por su permeabilidad al aire.

2. La permeabilidad de las carpinterías de los huecos y lucernarios de los cerramientos que limitan los espacios habitables de los edificios con el ambiente exterior se limita a los siguientes valores máximos:

Nivel A: A2 (Mejorado: 3 m3/h-m)

Nivel B: A1 (Medio:      5 m3/h-m)

3. En ambos niveles de control la tasa de renovación de aire no podrá ser inferior a 1,0 renov / h; a los efectos de preservar la calidad de aire interior. En los casos de edificios con elevada carga térmica (hospitales, centros educativos, oficinas, comercios, etc.) y se requierán valores altos de renovaciones de aire (>1,0) será necesario la colocación de sistemas COx=V H R% que crontroles.

7.2.4. DEMANDA ENERGÉTICA

7.2.4.1. El coeficiente volumétrico del edificio para calefacción GCal, será menor a los siguientes valores admisibles:

COEFICIENTE VOLUMÉTRICO DE PÉRDIDAS

Valores Admisibles Gadm

Edificios de viviendas y con área envolvente vidriada ≤ 20%

 
NIVEL
Superficie
m2
Volumen
m3
Gadm
W/m3 °K
B
≤ 500
125
1,95
250
1,67
500
1,47
1000
1,30
1250
1,25
A
> 500
3000
1,15
5000
1,12
7500
1,10
10000
1,08
> 10000
1,00

Notas:

Para otros valores intermedios es posibles interpolar linealmente o utilizar la Tabla 1 IRAM 11604; el menor de los valores resultantes.

7.2.4.2. El coeficiente volumétrico del edificio refrigerado Gr, será menor a los siguientes valores admisibles:

COEFICIENTE VOLUMÉTRICO DE REFRIGERACIÓN

Valores Admisibles Gr

Edificios de viviendas

 
NIVEL
Superficie
m2
Volumen
m3
Gr
W/ m3
B
≤ 500
125
29,00
250
21,70
500
17,00
1000
13,80
1250
13,00

 

COEFICIENTE VOLUMETRICO DE REFRIGERACIÓN

Valores Admisibles Gr.

Edificios Tipo Bloque

 
NIVEL
Superficie
m2
Volumen
m3
Gr
W/ m3
A
≤ 500
3000
20,10
5000
18,60
7500
17,70
10000
17,10
>10000
17,00
 

COEFICIENTE VOLUMÉTRICO DE REFRIGERACIÓN

Valores Admisibles Gr

Edificios tipo torre

 
NIVEL
Superficie
m2
Volumen
m3
Gr
W/m3
A
> 500
3000
21,00
5000
20,60
7500
20,50
10000
20,30
> 10000
20,00

Notas:

Para otros valores intermedios es posible interpolar linealmente o utilizar la tabla IRAM 11659-2; el menor de los valores resultantes.

7.3 CÁLCULO Y DIMENSIONADO

7.3.1. DATOS PREVIOS

7.3.1.1. Zonificación Climática (s/IRAM 11603)

Zona Bioambiental IIIa:                 TEMPLADO CÁLIDO

Características:

-  Veranos relativamente calurosos, con: TDMX: 34°C

-  Inviernos no muy fríos, con:                  TDMN: 1,3°C

Si bien las amplitudes térmicas no son muy elevadas; es aconsejable el uso de viviendas o construcciones agrupadas, y de todos los elementos y recursos que tiendas al mejoramiento de la inercia térmica.

La orientación Oeste (o), debe ser evitada en lo posible.

 Las aberturas y los cerramientos no opacos que permitan el ingreso de radiación solar, deben tener elementos de protección.

Los colores de los cerramientos opacos deben tener una buena reflectividad y baja absortividad, siendo conveniente los colores claros.

Para la limitación de la demanda energética se adoptarán los siguientes parámetros bioclimáticos:

 
DATOS CLIMÁTICOS DE INVIERNO

LAT
°d
LONG
°d
ASNM
m
TMED
°c
TMAX
°c
TMIN
°c
TDMD
°c
TDMN
°c
TROC
°c
TVAP
Pa
HR
%
PREC
mm
HELRE
%
GD18
°c
GD20
°c
32,95s
60,97o
27-30
11,1
17,3
5,8
6,6
1,3
7,6
1110
79
35
51
834
1282

TMED; TMAX; TMIN     Temperaturas medias; máximas y mínima promedio de los meses de invierno

TDMD; TDMN              Temperaturas de diseño media y mínima

TROC                          Temperatura de rocío media mensual promedio de los meses de invierno

TVAP                           Presión parcial de vapor de agua en Pa

PREC                           Precipitación media promedio mensual de los meses de invierno

HELRE                         Heliofanía relativa al promedio de los meses de invierno

GD20                           Grados dÍa de calefacción, para temperatura de base de confort 20°C

DATOS CLIMÁTICOS DE VERANO
 
LAT
°d
LONG
°d
ASNM
m
TMED
°c
TMAX
°c
TMIN
°c
TDMD
°c
TDMX
°c
TECMD
°c
TECMX
°C
TROC
°C
TVAP
Pa
HR
%
PREC
mm
HELRE
%
32,95s
60,97o
27-30
30,2
23,3
16,5
22,9
33,7
22,2
25,8
17,0
1990
69
99
67

TMED; TMAX; TMIN     Temperaturas medias; máximas y mínima promedio de los meses de invierno

TDMD; TDMN              Temperaturas de diseño media y mínima

TECMD; TEDMX          Temperaturas efectivas corregidas media y máxima; promedio de los días típicamente cálidos

TROC                         Temperatura de rocío media mensual promedio de los meses de verano

TVAP                           Presión parcial de vapor de agua en Pa

PREC                          Precipitación media promedio mensual de los meses de verano

HELRE                        Heliofanía relativa al promedio de los meses de verano

 

7.3.1.2. Delimitación de las orientaciones

Orientaciones

7818-a.jpg
 

7.3.1.3. Valores higrotérmicos de diseño
 
Cuando en los cálculos de dimensionado de la demanda energética se requieran datos de temperatura y humedad, podrán utilizarse los siguientes valores:
 
Dato Higrotérmico de Diseño
NIVEL A
NIVEL B
C.I
C.V
C.I
C.V
Temperatura exterior diseño (°C)
T.ed
2
36
2
36
Temperatura interior diseño (°C)
T.id
20
22
18
24
Humedad relativa aire interior (%)
HR
50
50
50
50

C.I.: Condición de Invierno

C.V.: Condición de Verano

Los valores de Ted, tienen en cuenta el efecto de “isla de calor”

7.3.1.4. Clasificación de los espacios

1. Los espacios interiores de los edificios se clasifican en habitables y espacios no habitables.

2. A efectos de cálculo de la demanda energética, los espacios habitables se clasifican en función de la cantidad de calor disipada en su interior, debido a la actividad realizada y al período de utilización de cada espacio, en las siguientes categorías:

a) espacios con baja carga interna: espacios en los que se disipa poco calor. Son los espacios destinados principalmente a residir en ellos, con carácter eventual o permanente. En esta categoría se incluyen todos los espacios de edificios de viviendas y aquellas zonas o espacios de edificios asimilables a éstos en uso y dimensión, tales como habitaciones de hotel, habitaciones de hospitales y salas de estar; así como sus zonas de circulación vinculadas.

b) espacios con alta carga interna: espacios en los que se genera gran cantidad de calor por causa de su ocupación, iluminación o equipos existentes. Son aquellos espacios no incluidos en la definición de espacios con baja carga interna. El conjunto de estos espacios conforma la zona de alta carga interna del edificio.

7.3.2.1. Definición de la envolvente térmica del edificio y clasificación de sus componentes.

1. La envolvente térmica del edificio, como muestra la figura 3.2., está compuesta por todos los cerramientos que limitan espacios habitables con el ambiente exterior (aire o terreno u otro edificio), y por todas las particiones interiores que limitan los espacios habitables con los espacios no habitables que a su vez estén en contacto con el ambiente exterior.

2. Los cerramientos y particiones interiores de los espacios habitables se clasifican según su situación en las siguientes categorías:

a) cubiertas, comprenden aquellos cerramientos superiores en contacto con el aire cuya inclinación sea inferior a 60º respecto a la horizontal.

b) suelos, comprenden aquellos cerramientos inferiores horizontales o ligeramente inclinados que estén en contacto con el aire, con el terreno o con espacio no habitable.

c) fachadas, comprenden los cerramientos exteriores en contacto con el aire cuya inclinación sea superior a 60º respecto a la horizontal. Se agrupan en 6 orientaciones según los sectores angulares contenidos en la figura 3.1. La orientación de una fachada se caracteriza mediante el ángulo α que es el formado por el norte geográfico y la normal exterior de la fachada, medido en sentido horario;

d) medianerías, comprenden aquellos cerramientos que lindan con otros edificios ya construidos o que se construyan a la vez y que conformen una división común. Si el edificio se construye con posterioridad el cerramiento se considerará, a efectos térmicos, una fachada;

e) cerramientos en contacto con el terreno, comprenden aquellos cerramientos distintos a los anteriores que están en contacto con el terreno;

f) particiones interiores, comprenden aquellos elementos constructivos horizontales o verticales que separan el interior del edificio en diferentes recintos.

3. Los cerramientos de los espacios habitables se clasifican según su diferente comportamiento térmico y cálculo de sus parámetros característicos en las siguientes categorías:

a) cerramientos en contacto con el aire:

I) parte opaca, constituida por muros de fachada, cubiertas, suelos en contacto con el aire y los puentes térmicos integrados;

II) parte semitransparente, constituida por huecos (ventanas y puertas) de fachada y lucernarios de cubiertas.

b) cerramientos en contacto con el terreno, clasificados según los tipos siguientes:

I) suelos en contacto con el terreno

II) muros en contacto con el terreno,

III) cubiertas enterradas

c) particiones interiores en contacto con espacios no habitables, clasificados según los tipos siguientes:

I) particiones interiores en contacto con cualquier espacio no habitable (excepto cámaras sanitarias);

II) suelos en contacto con cámaras sanitarias.

7818-b.jpg
 

                                            Fig. 3.2 Esquema de Envolvente térmica de un edificio

 

7.3.2.2. Comprobación de la limitación de la Aislamiento térmica.

7.3.2.2.1. Se deberá confeccionar una planilla de cálculo para verificar el Coeficiente de Trasmitancia Térmica (K) para cada componente de la envolvente, (IRAM 11601 tabla C.1), tanto para condición de verano como de invierno; o la condición de valores envolvente.

En esta planilla se deberá especificar cada una de las capas que conforman el cerramiento, definiéndose claramente las características de cada elemento, especificándose su espesor, su conductividad térmica y/o su resistencia térmica.

Los valores de las conductividades térmicas de cada material se obtendrán según IRAM 11601. Los materiales que no estén incluidos dentro de la lista enunciada en la Norma, deberán ser ensayados en organismos certificados y de acuerdo a las Normas IRAM de métodos de ensayos: IRAM 11559.

7.3.2.2.2. La transmitancia Térmica de aire a aire de los techos, muros y pisos, deberá ser igual o menor a la Transmitancia Térmica Máxima admisible KMAX, correspondiente al Nivel A o B, definido en el apartado 7.2.1.2.

Esta condición deberá verificarse tanto para las condiciones de invierno, como para las condiciones de verano; o condiciones de valores envolventes.

7.3.2.2.3. La transmitancia térmica de los huecos (ventanas y puertas), y lucernarios, deberán cumplir con los valores máximos indicados en el apartado 7.2.1.2.; y de acuerdo con los porcentajes de huecos y las diferentes orientaciones.

7.3.2.2.4. Los valores de exposición de radiación solar (Fes), en huecos (ventanas y puertas) y lucernarios, deberán cumplir con los valores máximos indicados en el apartado 7.2.1.2.

7.3.2.2.5. Como resultado de la aislación térmica se deberá confeccionar una planilla de cálculo, para los diferentes componentes de la envolvente según las orientaciones definidas.

7.3.2.3. Comprobación de la limitación de condensaciones

 

7.3.2.3.1. Condensaciones superficiales e intersticiales.

1. Sobre los métodos de cálculo y datos a utilizar en la verificación del riesgo de condensación tanto intersticial como superficial, se establece:

a) Para la temperatura superficial y el gradiente de temperaturas interiores se adoptará la Temperatura Exterior de Diseño Mínima “TDMN” correspondiente a la localidad  donde se emplace el edificio, Tabla 2, Datos climáticos de Invierno, IRAM 11603.

b) Para la verificación del riesgo de condensación superficial en paños centrales, se tomará el valor de Resistencia Térmica Superficial Interior (Rsi) de la Norma IRAM 11625. El valor de la Resistencia Térmica Superficial Exterior (Rse) se tomará de la Norma IRAM 11601, Tabla 2.

c) Para la verificación del riesgo de condensación intersticial en paños centrales, se tomarán los valores de la Resistencias Térmicas Superficial Interior (Rsi) y exterior (Rse) de la Norma IRAM 11601, Tabla 2.

A los fines de aplicación de la presente solamente se verificarán los puntos singulares correspondientes a las aristas verticales y superiores de locales, establecidos en la Norma IRAM 11630.

d) Los valores de Conductividades Térmicas se obtendrán de la Tabla A1 del Anexo A de la Norma IRAM 11601 o de los ensayos mencionados en el ítem 2.2 según corresponda.

e) Los valores de Permeabilidad y Permanencia al vapor de agua a considerar en los cálculos serán los establecidos en la tabla A6 del Anexo A de la Norma IRAM 11601. Los materiales que no están incluidos dentro de la lista enunciada en la Norma correspondiente deberán ser ensayados según la Norma IRAM 1735 en organismos acreditados con certificación oficial.

f) El método de verificación del riesgo de condensación superficial e intersticial de paños centrales y puntos singulares, se encuentra establecido en las Normas IRAM 11625 y 11630, respectivamente.

g) Los valores de las Temperaturas de Rocío se obtienen a partir de la Temperatura Superficial Interna (Tsi) y la Temperatura Intersticial de las distintas capas, con una humedad relativa exterior del 90%, ( Norma IRAM 11625), con Temperatura Interior de Diseño, según tipo de edificio, ( Norma IRAM 11625) y del diagrama psicrométrico, Norma IRAM 11625.

2. Deberá confeccionarse para cada componente de la envolvente la Planilla de Cálculo de las Normas IRAM 11625 y 11630. En estas planillas se deberá especificar claramente cada capa del cerramiento constructivo, definiendo el material en cada caso.

De utilizarse un procedimiento informatizado en la verificación del riesgo de condensación deberá adecuarse en un todo a lo establecido en las Normas involucradas.

3. Como resultado se deberá confeccionar una planilla de cálculo resumen para cada componente de la envolvente.

 
7.3.2.4. Permeabilidad al aire

1. Las carpinterías de los huecos y lucernarios, deberán cumplir con los siguientes parámetros; según norma IRAM 11507, parte 1 y 4.

7.3.2.4.1. La infiltración de aire según norma IRAM 11507-1, cumpliendo como mínimo con los siguientes valores:

1. Clasificación A1 (Medio: 5 m3/h-m), para las carpinterías colocadas en edificios correspondientes al NIVEL B.

2. Clasificación A2 (Mejorado: 3 m3/h-m), para las carpinterías colocadas en edificios correspondientes al grupo NIVEL A.

2. La permeabilidad al aire de las carpinterías, medida con una sobrepresión de 100 Pa, y de acuerdo con el ensayo normalizado según IRAM 11523.
 

7.3.2.5. Demanda Energética

7.3.2.5.1. A fin de propender al ahorro de energía en calefacción y refrigeración en las edificaciones y facilitar el planeamiento y gestión energética ambiental del hábitat, se deberá cumplir con los valores máximos admisibles indicados en el Apartado 7.2.4.1. y 7.2.4.2.

7.3.2.5.2. Demanda de energía en calefacción Gcal.

Será de aplicación la Norma IRAM 11604; en forma complementaria a los indicado en el apartado 2.4.1; considerando los siguientes aspectos:

a) Cálculo del coeficiente volumétrico de pérdida de calor Gcal.

b) Parámetros de ahorro de energía para calefaccionar edificios a través de valores máximos admisibles Gadm.

c) Los niveles de aislamiento de pisos en contacto con el terreno, según IRAM 11604 Tabla 2;

d) El número de renovaciones de aire requerido para el cálculo y el procedimiento cuando se cuente con valores de infiltración o permeabilidad al aire de carpinterías con certificado de eficiencia o etiquetado.

e) El procedimiento para la obtención de la carga térmica de calefacción anual;

f) Recomendaciones para el aislamiento de cañerías de agua caliente y calefacción.

7.3.2.5.3. Demanda de energía en refrigeración Gr.

Será de aplicación la Norma IRAM 11659-1,2; en forma complementaria a lo indicado en el apartado 7.2.4.2.; considerando los siguientes aspectos.

g)       Cálculo del coeficiente volumétrico de refrigeración Gr.

h)       Parámetros de ahorro de energía para refrigerar edificios a través de valores máximos admisibles Gradm.

 

7.4. CONSTRUCCIÓN

 

7.4.1. CARACTERÍSTICAS EXIGIBLES A LOS PRODUCTOS Y CONTROL DE RECEPCIÓN EN OBRA.

 

1. Los valores de las conductividades térmicas de cada material se obtendrán según Norma IRAM 11601.

Los materiales que no estén incluidos dentro de la lista enunciada en la Norma 11601, deberán ser ensayados en

organismos certificados y de acuerdo a las Normas IRAM de métodos de ensayo: la 11559 (“Determinación de la

resistencia térmica y propiedades conexas en régimen estacionario. Método de la placa caliente con guarda”),

y IRAM 1860 (“Método de ensayo de las propiedades de transmisión térmica en régimen estacionario, mediante el aparato de medición del flujo de calor”).

1- Los edificios se caracterizan térmicamente a través de las propiedades higrotérmicas de los productos de construcción que componen su envolvente térmica.

2- Se distinguen los productos para los muros y la parte ciega de las cubiertas, de los productos para los huecos (ventanas y puertas) y lucernarios.

3- Los productos para los muros y la parte ciega de las cubiertas se definen mediante las siguientes propiedades higramétricas:

a) la conductividad térmica ג (W / mK);

b) el factor de resistencia a la difusión del vapor de agua µ.

c) la densidad ρ (Kg /m3 )

d) el calor especifico Cp (J / kg.K)

4- Los productos para huecos y lucernarios se caracterizan mediante los siguientes parámetros:

a) Parte semitransparente del hueco por:

I) la transmitancia térmica Kv ( W / m2 K)

II) el factor de exposición solar, Fes.

b) Marcos de huecos (puertas y ventanas ) y lucernarios por:

I) la transmitancia térmica KM ( W / m2 K);

II) la absortividad α.

5- Los valores de diseño de las propiedades citadas se ontendrán de valores declarados para cada producto o componente, según Norma IRAM 11601, o de Documentos Reconocidos para cada tipo de producto.                    Los materiales que no estén incluidos dentro de la lista enunciada en la Norma 11601, deberán ser ensayados en organismos certificados y de acuerdo a las Normas IRAM de métodos de ensayo: la 11559 (“Determinación de la resistencia térmica y propiedades conexas en régimen estacionario. Método de la placa caliente con guarda”), y IRAM 1860 (“Método de ensayo de las propiedades de transmisión térmica en régimen estacionario, mediante el aparato de medición del flujo de calor”).

6- En el pliego de condiciones del proyecto debe expresarse las características higrotérmicas de los productos utilizados en los cerramientos y particiones interiores que componen la envolvente térmica del edificio. Si éstos están recogidos de Documentos Recogidos, se podrán tomar los datos allí incluidos por defecto. Si no están incluidos, en la memoria deben incluirse los cálculos justificativos de dichos valores y consignarse éstos en el pliego.

7- En el pliego de condiciones del proyecto se indicarán las condiciones particulares de control para la recepción de los productos que forman los cerramientos y particiones interiores de la envolvente térmica, incluyendo los ensayos necesarios para comprobar que los mismos reúnen las características exigidas en los apartados anteriores.

8- Debe comprobarse que los productos recibidos:

a) corresponden a los especificados en el pliego de condiciones del proyecto;

b) disponen de la documentación exigidas;

c) están caracterizados por las propiedades exigidas;

d) han sido ensayados, cuando así se establezca en el pliego de condiciones o lo determine el Director de Obra.

9- En el control se seguirán los criterios indicados en el Reglamento de Edificación.
 

7.4.2. CARACTERÍSTICAS EXIGIBLES A LOS CERRAMIENTOS Y PARTICIONES INTERIORES DE LA ENVOLVENTE TÉRMICA.

 

1. Las características exigibles a los cerramientos y particiones interiores son las expresadas mediante los parámetros característicos de acuerdo con lo indicado en el Apartado 2 de este documento. El cálculo de estos parámetros deberá figurar en la memoria del proyecto.

 

7.4.3. CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA

 

1. El control de la ejecución de las obras se realizará de acuerdo con las especificaciones del proyecto, sus anexos y modificaciones autorizados por el director de obra y las instrucciones del director de la ejecución de la obra, conforme a lo indicado en el Reglamento de Edificación y demás normativa vigente de aplicación.

2. Se comprobará que la ejecución de la obra se realiza de acuerdo con los controles y con la frecuencia de los mismos establecida en el pliego de condiciones del proyecto.

3. Cualquier modificación que pueda introducirse durante la ejecución de la obra quedará en la documentación de la obra ejecutada sin que en ningún caso déjen de cumplirse las condiciones mínimas señaladas en este Documento Básico.

7.4.3.1. Cerramientos y particiones interiores de la envolvente térmica

 

1. Se prestará especial cuidado en la ejecución de los puentes térmicos integrados en los cerramientos tales como pilares, contornos de huecos y cajas de persiana, atendiéndose a los detalles constructivos correspondientes.

2. Se controlará que la puesta en obra de los aislamientos térmicos se ajusta a lo indicado en el proyecto, en cuanto a su colocación, posición, dimensiones y tratamiento de puntos singulares.

3. Se prestará especial cuidado en la ejecución de los puentes térmicos tales como frentes de forjado y encuentro entre cerramientos, atendiéndose a los detalles constructivos correspondientes.

7.4.3.2 Condensaciones

1. Si es necesario la interposición de una barrera de vapor, ésta se colocará en la cara caliente del cerramiento y se controlará que durante su ejecución no se produzcan roturas o deterioros en la misma.

7.4.3.3. Permeabilidad al aire

1. Se comprobará que la fijación de los cercos de las carpinterías que forman los huecos (Puertas y ventanas) y lucernarios, se realiza de tal manera que quedegarantizada la estanquidad a la permeabilidad del aire especificada.

4.4. CONTROL DE LA OBRA TERMINADA

1. En el control de la obra terminada se seguirán los criterios indicados en el Reglamento de Edificación y las pruebas o controles no prescriben, pudiendo realizarse auditorias posteriores a la puesta en servicio de la obra.

APÉNDICE A: NORMAS DE REFERENCIA

IRAM 11549: 1993 Acondicionamiento térmico de edificios. Vocabulario

IRAM 11601:1996 Acondicionamiento térmico de edificios. Método de cálculo. Propiedades térmicas de los componentes y elementos de construcción en régimen estacionario.

IRAM 11603:1996 Acondicionamiento térmico de edificios. Clasificación biambiental de la República Argentina.

IRAM 11604: 1990 Acondicionamiento térmico de edificios. Ahorro de energía en calefacción. Coeficientes volumétricos G de pérdidas de calor.

IRAM 11605: 1996 Acondicionamiento térmico de edificios. Condiciones de habiltabilidad en viviendas. Valores máximos de transmitancia térmica en cerramientos opacos.

IRAM 11625:1991 Acondicionamiento térmico de edificios. Verificación del riesgo de condensación del vapor de agua superficial e intersticial en los paños centrales de muros exteriores, pisos y techos de edificios en general.

IRAM 11630:2000 Acondicionamiento térmico de edificios. Verificación del riesgo de condensación del vapor de agua superficial e intersticial en los puntos singulares de muros exteriores, pisos y techos de edificios en general.

IRAM 11507-1. Carpintería de obra. Ventanas exteriores. Requisitos básicos y clasificación.

IRAM 11507-4. Carpintería de obra. Ventanas exteriores. Requisitos complementarios. Aislamiento térmica.

IRAM 11659-1 Aislamiento térmico de edificios. Verificación de sus condiciones higrotérmicas. Ahorro de energía en refrigeración. Parte 1: Vocabulario, definiciones, tablas y datos para determinar la carga térmica de verano.

IRAM 11659-2 Acondicionamiento térmico de edificios. Verificación de sus condiciones higrotérmicas. Ahorro de energía en refrigeración. Parte 2: Edificios para vivienda.

 

 

 

 
 
 
 
 
 

 
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
 
 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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