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Información General y Régimen legal
Detalle
Tipo de contratación Concurso de Precios
Estado Adjudicada
N° de Contratación 2 - 17 / 2020
Expediente
Objeto DROGAS ORGANOS SENSORIALES /OBSTRUCCION DE LAS VIAS AEREAS
Presupuesto Oficial $197.400,00  
Costo de Presentación de Oferta -
Costo de Adquisición del Pliego -
Costo de Impugnacioón -
Fecha de apertura 13/04/2020  a las   10:30  hs.
Fecha de Publicación 26/03/2020
Nro Resolución 563
Fecha Resolución 27/04/2020
Resultado RESOLUCION Nº 0563 Rosario, Año del General Manuel Belgrano, 27 de Abril de 2020 VISTO el llamado a Concurso de Precios Nro:º 17/04 efectuado por el H.E.C.A. para la adquisición de ?DROGAS ORGANOS SENSORIALES Y OBSTRUCCION DE LAS VIAS AEREAS? , dependiente de la Secretaria de Salud Publica, y teniendo en cuenta los informes obrantes en el mencionado legajo. Y VISTO: La necesidad de efectuar adquisición de medicamentos, insumos médicos, ,material descartable y elementos indispensables para la prestación del servicio de salud, en los efectores que integran la red de salud de esta Secretaria de Salud Pública, con el objeto de atender la pandemia provocada por el virus COVID-19 ( coronavirus) y también la presencia de dengue en la ciudad de Rosario Y CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Ordenanza nro: 10037 dictada en fecha 19 de marzo de 2020, debidamente promulgada el Concejo Municipal aprueba el Protocolo de Agilización de relaciones instiucioanles municipales en materia sanitaria, en su articulo cuarto, y conforme las facultades otorgadas pro el articulo 11 de la L.O.M y el art 68 inc a de la O.C al se autoriza, al Departamento Ejecutivo a efectuar por el plazo de 180 días la contratación directa de los bienes y servicios que sean necesarios para la contención social y sanitaria de la población. Que por lo tanto el órgano legislativo exime por razones de urgencia, al Departamento Ejecutivo de efectuar los procedimientos de compras, que por monto hubieran correspon RESOLUCION Nº Rosario, Año del General Manuel Belgrano, VISTO el llamado a Concurso de Precios Nro:º 17/04 efectuado por el H.E.C.A. para la adquisición de ?DROGAS ORGANOS SENSORIALES Y OBSTRUCCION DE LAS VIAS AEREAS? , dependiente de la Secretaria de Salud Publica, y teniendo en cuenta los informes obrantes en el mencionado legajo. Y VISTO: La necesidad de efectuar adquisición de medicamentos, insumos médicos, ,material descartable y elementos indispensables para la prestación del servicio de salud, en los efectores que integran la red de salud de esta Secretaria de Salud Pública, con el objeto de atender la pandemia provocada por el virus COVID-19 ( coronavirus) y también la presencia de dengue en la ciudad de Rosario Y CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Ordenanza nro: 10037 dictada en fecha 19 de marzo de 2020, debidamente promulgada el Concejo Municipal aprueba el Protocolo de Agilización de relaciones instiucioanles municipales en materia sanitaria, en su articulo cuarto, y conforme las facultades otorgadas pro el articulo 11 de la L.O.M y el art 68 inc a de la O.C al se autoriza, al Departamento Ejecutivo a efectuar por el plazo de 180 días la contratación directa de los bienes y servicios que sean necesarios para la contención social y sanitaria de la población. Que por lo tanto el órgano legislativo exime por razones de urgencia, al Departamento Ejecutivo de efectuar los procedimientos de compras, que por monto hubieran correspondido incoar, según la Ordenanza de Contabilidad y el Reglamento de compras vigentes, aplicando de esta forma el articulo 68 inc a de la Ordenanza de Contabilidad. Que no obstante esta autorización otorgada y a los fines de asegurar total transparencia y permitir la mayor participación se han efectuado invitaciones y publicación del llamado para obtener también las ofertas mas conveniente y que permitan con ello, una afectación de los recursos en la mayor atención de las necesidades que imponga el desarrollo de la pandemia en su propagación. SIENDO NECESARIO PROVEER SOBRE EL PARTICULAR EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LA SECRETARÌA DE SALUD PUBLICA RESUELVE ART. 1º: DESESTIMASE: Items N°3, N°4 y N°5: Desestimadas todas las ofertas por la Comisión de Medicamentos a fs.20,- ART. 2º: ADJUDICASE: el precitado Concurso en la forma que se indica seguidamente con estricto cumplimiento de las cláusulas contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones propuestas por los mejores oferentes y demás constancias obrantes en dichas actuaciones.- ADJUDICATARIO: LAB. INTERNACIONAL ARGENTINO S.A., en el/los ítem/s -1 por un importe total de $ 144.576,00 (pesos ciento cuarenta y cuato mil quinientos setenta y seis con 00/00) ADJUDICATARIO: DROG. NUEVA ERA ROSARIO S.R.L., en el/los ítem/s -2 por un importe total de $ 8.627,50 (pesos ocho mil seiscientos veintisiete con 50/00) ART. 3º: EL GASTO: que demande el cumplimiento de la presente resolución, deberá imputarse a los conceptos analíticos contenidos en el Clasificador por Objeto del Gasto vigente y a los clasificadores presupuestarios institucional, por fuente de financiamiento RESOLUCION Nº Rosario, Año del General Manuel Belgrano, VISTO el llamado a Concurso de Precios Nro:º 17/04 efectuado por el H.E.C.A. para la adquisición de ?DROGAS ORGANOS SENSORIALES Y OBSTRUCCION DE LAS VIAS AEREAS? , dependiente de la Secretaria de Salud Publica, y teniendo en cuenta los informes obrantes en el mencionado legajo. Y VISTO: La necesidad de efectuar adquisición de medicamentos, insumos médicos, ,material descartable y elementos indispensables para la prestación del servicio de salud, en los efectores que integran la red de salud de esta Secretaria de Salud Pública, con el objeto de atender la pandemia provocada por el virus COVID-19 ( coronavirus) y también la presencia de dengue en la ciudad de Rosario Y CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Ordenanza nro: 10037 dictada en fecha 19 de marzo de 2020, debidamente promulgada el Concejo Municipal aprueba el Protocolo de Agilización de relaciones instiucioanles municipales en materia sanitaria, en su articulo cuarto, y conforme las facultades otorgadas pro el articulo 11 de la L.O.M y el art 68 inc a de la O.C al se autoriza, al Departamento Ejecutivo a efectuar por el plazo de 180 días la contratación directa de los bienes y servicios que sean necesarios para la contención social y sanitaria de la población. Que por lo tanto el órgano legislativo exime por razones de urgencia, al Departamento Ejecutivo de efectuar los procedimientos de compras, que por monto hubieran correspondido incoar, según la Ordenanza de Contabilidad y el Reglamento de compras vigentes, aplicando de esta forma el articulo 68 inc a de la Ordenanza de Contabilidad. Que no obstante esta autorización otorgada y a los fines de asegurar total transparencia y permitir la mayor participación se han efectuado invitaciones y publicación del llamado para obtener también las ofertas mas conveniente y que permitan con ello, una afectación de los recursos en la mayor atención de las necesidades que imponga el desarrollo de la pandemia en su propagación. SIENDO NECESARIO PROVEER SOBRE EL PARTICULAR EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LA SECRETARÌA DE SALUD PUBLICA RESUELVE ART. 1º: DESESTIMASE: Items N°3, N°4 y N°5: Desestimadas todas las ofertas por la Comisión de Medicamentos a fs.20,- ART. 2º: ADJUDICASE: el precitado Concurso en la forma que se indica seguidamente con estricto cumplimiento de las cláusulas contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones propuestas por los mejores oferentes y demás constancias obrantes en dichas actuaciones.- ADJUDICATARIO: LAB. INTERNACIONAL ARGENTINO S.A., en el/los ítem/s -1 por un importe total de $ 144.576,00 (pesos ciento cuarenta y cuato mil quinientos setenta y seis con 00/00) ADJUDICATARIO: DROG. NUEVA ERA ROSARIO S.R.L., en el/los ítem/s -2 por un importe total de $ 8.627,50 (pesos ocho mil seiscientos veintisiete con 50/00) ART. 3º: EL GASTO: que demande el cumplimiento de la presente resolució RESOLUCION Nº Rosario, Año del General Manuel Belgrano, VISTO el llamado a Concurso de Precios Nro:º 17/04 efectuado por el H.E.C.A. para la adquisición de ?DROGAS ORGANOS SENSORIALES Y OBSTRUCCION DE LAS VIAS AEREAS? , dependiente de la Secretaria de Salud Publica, y teniendo en cuenta los informes obrantes en el mencionado legajo. Y VISTO: La necesidad de efectuar adquisición de medicamentos, insumos médicos, ,material descartable y elementos indispensables para la prestación del servicio de salud, en los efectores que integran la red de salud de esta Secretaria de Salud Pública, con el objeto de atender la pandemia provocada por el virus COVID-19 ( coronavirus) y también la presencia de dengue en la ciudad de Rosario Y CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Ordenanza nro: 10037 dictada en fecha 19 de marzo de 2020, debidamente promulgada el Concejo Municipal aprueba el Protocolo de Agilización de relaciones instiucioanles municipales en materia sanitaria, en su articulo cuarto, y conforme las facultades otorgadas pro el articulo 11 de la L.O.M y el art 68 inc a de la O.C al se autoriza, al Departamento Ejecutivo a efectuar por el plazo de 180 días la contratación directa de los bienes y servicios que sean necesarios para la contención social y sanitaria de la población. Que por lo tanto el órgano legislativo exime por razones de urgencia, al Departamento Ejecutivo de efectuar los procedimientos de compras, que por monto hubieran correspondido incoar, según la Ordenanza de Contabilidad y el Reglamento de compras vigentes, aplicando de esta forma el articulo 68 inc a de la Ordenanza de Contabilidad. Que no obstante esta autorización otorgada y a los fines de asegurar total transparencia y permitir la mayor participación se han efectuado invitaciones y publicación del llamado para obtener también las ofertas mas conveniente y que permitan con ello, una afectación de los recursos en la mayor atención de las necesidades que imponga el desarrollo de la pandemia en su propagación. SIENDO NECESARIO PROVEER SOBRE EL PARTICULAR RESOLUCION Nº Rosario, Año del General Manuel Belgrano, VISTO el llamado a Concurso de Precios Nro:º 17/04 efectuado por el H.E.C.A. para la adquisición de ?DROGAS ORGANOS SENSORIALES Y OBSTRUCCION DE LAS VIAS AEREAS? , dependiente de la Secretaria de Salud Publica, y teniendo en cuenta los informes obrantes en el mencionado legajo. Y VISTO: La necesidad de efectuar adquisición de medicamentos, insumos médicos, ,material descartable y elementos indispensables para la prestación del servicio de salud, en los efectores que integran la red de salud de esta Secretaria de Salud Pública, con el objeto de atender la pandemia provocada por el virus COVID-19 ( coronavirus) y también la presencia de dengue en la ciudad de Rosario Y CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Ordenanza nro: 10037 dictada en fecha 19 de marzo de 2020, debidamente promulgada el Concejo Municipal aprueba el Protocolo de Agilización de relaciones instiucioanles municipales en materia sanitaria, en su articulo cuarto, y conforme las facultades otorgadas pro el articulo 11 de la L.O.M y el art 68 inc a de la O.C al se autoriza, al Departamento Ejecutivo a efectuar por el plazo de 180 días la contratación directa de los bienes y servicios que sean necesarios para la contención social y sanitaria de la población. Que por lo tanto el órgano legislativo exime por razones de urgencia, al Departamento Ejecutivo de efectuar los procedimientos de compras, que por monto hubieran correspondido incoar, según la Ordenanza de Contabilidad y el Reglamento de compras vigentes, aplicando de esta forma el articulo 68 inc a de la Ordenanza de Contabilidad. Que no obstante esta autorización otorgada y a los fines de asegurar total transparencia y permitir la mayor participación se han efectuado invitaciones y publicación del llamado para obtener también las ofertas mas conveniente y que permitan con ello, una afectación de los recursos en la mayor atención de las necesidades que imponga el desarrollo de la pandemia en su propagación. SIENDO NECESARIO PROVEER SOBRE EL PARTICULAR EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LA SECRETARÌA DE SALUD PUBLICA RESUELVE ART. 1º: DESESTIMASE: Items N°3, N°4 y N°5: Desestimadas todas las ofertas por la Comisión de Medicamentos a fs.20,- ART. 2º: ADJUDICASE: el precitado Concurso en la forma que se indica seguidamente con estricto cumplimiento de las cláusulas contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones propuestas por los mejores oferentes y demás constancias obrantes en dichas actuaciones.- ADJUDICATARIO: LAB. INTERNACIONAL ARGENTINO S.A., en el/los ítem/s -1 por un importe total de $ 144.576,00 (pesos ciento cuarenta y cuato mil quinientos setenta y seis con 00/00) ADJUDICATARIO: DROG. NUEVA ERA ROSARIO S.R.L., en el/los ítem/s -2 RESOLUCION Nº Rosario, Año del General Manuel Belgrano, VISTO el llamado a Concurso de Precios Nro:º 17/04 efectuado por el H.E.C.A. para la adquisición de ?DROGAS ORGANOS SENSORIALES Y OBSTRUCCION DE LAS VIAS AEREAS? , dependiente de la Secretaria de Salud Publica, y teniendo en cuenta los informes obrantes en el mencionado legajo. Y VISTO: La necesidad de efectuar adquisición de medicamentos, insumos médicos, ,material descartable y elementos indispensables para la prestación del servicio de salud, en los efectores que integran la red de salud de esta Secretaria de Salud Pública, con el objeto de atender la pandemia provocada por el virus COVID-19 ( coronavirus) y también la presencia de dengue en la ciudad de Rosario Y CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Ordenanza nro: 10037 dictada en fecha 19 de marzo de 2020, debidamente promulgada el Concejo Municipal aprueba el Protocolo de Agilización de relaciones instiucioanles municipales en materia sanitaria, en su articulo cuarto, y conforme las facultades otorgadas pro el articulo 11 de la L.O.M y el art 68 inc a de la O.C al se autoriza, al Departamento Ejecutivo a efectuar por el plazo de 180 días la contratación directa de los bienes y servicios que sean necesarios para la contención social y sanitaria de la población. Que por lo tanto el órgano legislativo exime por razones de urgencia, al Departamento Ejecutivo de efectuar los procedimientos de compras, que por monto hubieran correspondido incoar, según la Ordenanza de Contabilidad y el Reglamento de compras vigentes, aplicando de esta forma el articulo 68 inc a de la Ordenanza de Contabilidad. Que no obstante esta autorización otorgada y a los fines de asegurar total transparencia y permitir la mayor participación se han efectuado invitaciones y publicación del llamado para obtener también las ofertas mas conveniente y que permitan con ello, una afectación de los recursos en la mayor atención de las necesidades que imponga el desarrollo de la pandemia en su propagación. SIENDO NECESARIO PROVEER SOBRE EL PARTICULAR EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LA SECRETARÌA DE SALUD PUBLICA RESUELVE ART. 1º: DESESTIMASE: Items N°3, N°4 y N°5: Desestimadas todas las ofertas por la Comisión de Medicamentos a fs.20,- ART. 2º: ADJUDICASE: el precitado Concurso en la forma que se indica seguidamente con estricto cumplimiento de las cláusulas contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones propuestas por los mejores oferentes y demás constancias obrantes en dichas actuaciones.- ADJUDICATARIO: LAB. INTERNACIONAL ARGENTINO S.A., en el/los ítem/s -1 por un importe total de $ 144.576,00 (pesos ciento cuarenta y cuato mil quinientos setenta y seis con 00/00) ADJUDICATARIO: DROG. NUEVA ERA ROSARIO S.R.L., en el/los ítem/s -2 por un importe total de $ 8.627,50 (pesos ocho mil seiscientos veintisiete con 50/00) ART. 3º: EL GASTO: que demande el cumplimiento de la presente resolución, deberá imputarse a los conceptos analíticos contenidos en el Clasificador por Objeto del Gasto vigente y a los clasificadores presupuestarios institucional, por fuente de financiamiento y por finalidad y función, de acuerdo a las relaciones de conversión definidas por el área responsable para los sistemas informáticos de Liquidación de Haberes y Administrativo-Contable de la siguiente manera: A la partida: 0.08020.1.08.02.0.1.01.01.2.1.02.05.02.07 ESPECIFICOS (DROGAS ORGANOS SENSORIALES Y OBSTRUCCION DE LAS VÍAS AEREAS) la cantidad de $ 153.203,50 (pesos ciento cincuenta y tres mil doscientos tres con 50/00) del presupuesto vigente y con estricto cumplimiento del art. 55 de la Ordenanza de Contabilidad, según corresponda.- ART. 4º: COPIAR comunicar a quien corresponda y archivar. por un importe total de $ 8.627,50 (pesos ocho mil seiscientos veintisiete con 50/00) ART. 3º: EL GASTO: que demande el cumplimiento de la presente resolución, deberá imputarse a los conceptos analíticos contenidos en el Clasificador por Objeto del Gasto vigente y a los clasificadores presupuestarios institucional, por fuente de financiamiento y por finalidad y función, de acuerdo a las relaciones de conversión definidas por el área responsable para los sistemas informáticos de Liquidación de Haberes y Administrativo-Contable de la siguiente manera: A la partida: 0.08020.1.08.02.0.1.01.01.2.1.02.05.02.07 ESPECIFICOS (DROGAS ORGANOS SENSORIALES Y OBSTRUCCION DE LAS VÍAS AEREAS) la cantidad de $ 153.203,50 (pesos ciento cincuenta y tres mil doscientos tres con 50/00) del presupuesto vigente y con estricto cumplimiento del art. 55 de la Ordenanza de Contabilidad, según corresponda.- ART. 4º: COPIAR comunicar a quien corresponda y archivar. EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LA SECRETARÌA DE SALUD PUBLICA RESUELVE ART. 1º: DESESTIMASE: Items N°3, N°4 y N°5: Desestimadas todas las ofertas por la Comisión de Medicamentos a fs.20,- ART. 2º: ADJUDICASE: el precitado Concurso en la forma que se indica seguidamente con estricto cumplimiento de las cláusulas contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones propuestas por los mejores oferentes y demás constancias obrantes en dichas actuaciones.- ADJUDICATARIO: LAB. INTERNACIONAL ARGENTINO S.A., en el/los ítem/s -1 por un importe total de $ 144.576,00 (pesos ciento cuarenta y cuato mil quinientos setenta y seis con 00/00) ADJUDICATARIO: DROG. NUEVA ERA ROSARIO S.R.L., en el/los ítem/s -2 por un importe total de $ 8.627,50 (pesos ocho mil seiscientos veintisiete con 50/00) ART. 3º: EL GASTO: que demande el cumplimiento de la presente resolución, deberá imputarse a los conceptos analíticos contenidos en el Clasificador por Objeto del Gasto vigente y a los clasificadores presupuestarios institucional, por fuente de financiamiento y por finalidad y función, de acuerdo a las relaciones de conversión definidas por el área responsable para los sistemas informáticos de Liquidación de Haberes y Administrativo-Contable de la siguiente manera: A la partida: 0.08020.1.08.02.0.1.01.01.2.1.02.05.02.07 ESPECIFICOS (DROGAS ORGANOS SENSORIALES Y OBSTRUCCION DE LAS VÍAS AEREAS) la cantidad de $ 153.203,50 (pesos ciento cincuenta y tres mil doscientos tres con 50/00) del presupuesto vigente y con estricto cumplimiento del art. 55 de la Ordenanza de Contabilidad, según corresponda.- ART. 4º: COPIAR comunicar a quien corresponda y archivar.n, deberá imputarse a los conceptos analíticos contenidos en el Clasificador por Objeto del Gasto vigente y a los clasificadores presupuestarios institucional, por fuente de financiamiento y por finalidad y función, de acuerdo a las relaciones de conversión definidas por el área responsable para los sistemas informáticos de Liquidación de Haberes y Administrativo-Contable de la siguiente manera: A la partida: 0.08020.1.08.02.0.1.01.01.2.1.02.05.02.07 ESPECIFICOS (DROGAS ORGANOS SENSORIALES Y OBSTRUCCION DE LAS VÍAS AEREAS) la cantidad de $ 153.203,50 (pesos ciento cincuenta y tres mil doscientos tres con 50/00) del presupuesto vigente y con estricto cumplimiento del art. 55 de la Ordenanza de Contabilidad, según corresponda.- ART. 4º: COPIAR comunicar a quien corresponda y archivar.y por finalidad y función, de acuerdo a las relaciones de conversión definidas por el área responsable para los sistemas informáticos de Liquidación de Haberes y Administrativo-Contable de la siguiente manera: A la partida: 0.08020.1.08.02.0.1.01.01.2.1.02.05.02.07 ESPECIFICOS (DROGAS ORGANOS SENSORIALES Y OBSTRUCCION DE LAS VÍAS AEREAS) la cantidad de $ 153.203,50 (pesos ciento cincuenta y tres mil doscientos tres con 50/00) del presupuesto vigente y con estricto cumplimiento del art. 55 de la Ordenanza de Contabilidad, según corresponda.- ART. 4º: COPIAR comunicar a quien corresponda y archivar.dido incoar, según la Ordenanza de Contabilidad y el Reglamento de compras vigentes, aplicando de esta forma el articulo 68 inc a de la Ordenanza de Contabilidad. Que no obstante esta autorización otorgada y a los fines de asegurar total transparencia y permitir la mayor participación se han efectuado invitaciones y publicación del llamado para obtener también las ofertas mas conveniente y que permitan con ello, una afectación de los recursos en la mayor atención de las necesidades que imponga el desarrollo de la pandemia en su propagación. SIENDO NECESARIO PROVEER SOBRE EL PARTICULAR EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LA SECRETARÌA DE SALUD PUBLICA RESUELVE ART. 1º: DESESTIMASE: Items N°3, N°4 y N°5: Desestimadas todas las ofertas por la Comisión de Medicamentos a fs.20,- ART. 2º: ADJUDICASE: el precitado Concurso en la forma que se indica seguidamente con estricto cumplimiento de las cláusulas contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones propuestas por los mejores oferentes y demás constancias obrantes en dichas actuaciones.- ADJUDICATARIO: LAB. INTERNACIONAL ARGENTINO S.A., en el/los ítem/s -1 por un importe total de $ 144.576,00 (pesos ciento cuarenta y cuato mil quinientos setenta y seis con 00/00) ADJUDICATARIO: DROG. NUEVA ERA ROSARIO S.R.L., en el/los ítem/s -2 por un importe total de $ 8.627,50 (pesos ocho mil seiscientos veintisiete con 50/00) ART. 3º: EL GASTO: que demande el cumplimiento de la presente resolución, deberá imputarse a los conceptos analíticos contenidos en el Clasificador por Objeto del Gasto vigente y a los clasificadores presupuestarios institucional, por fuente de financiamiento y por finalidad y función, de acuerdo a las relaciones de conversión definidas por el área responsable para los sistemas informáticos de Liquidación de Haberes y Administrativo-Contable de la siguiente manera: A la partida: 0.08020.1.08.02.0.1.01.01.2.1.02.05.02.07 ESPECIFICOS (DROGAS ORGANOS SENSORIALES Y OBSTRUCCION DE LAS VÍAS AEREAS) la cantidad de $ 153.203,50 (pesos ciento cincuenta y tres mil doscientos tres con 50/00) del presupuesto vigente y con estricto cumplimiento del art. 55 de la Ordenanza de Contabilidad, según corresponda.- ART. 4º: COPIAR comunicar a quien corresponda y archivar.
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