Gestioná el cambio de persona titular de un sepulcro por otra persona viva.
Art. 109 Ord. 6484/97
Requisitos
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Certificar todas las copias ante empleado municipal interviniente, escribano público o tribunales provinciales.
Documentos a presentar
Etapa 1 - Presentación Inicial
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Formulario Transferir titularidad de panteones mutuales por cesión completo.
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Documentación respaldatoria justificando el motivo por el cual se transfiere.
Motivos permitidos para las cesiones:
- Ceder a un familiar en vida, ya sea hijos, sobrinos, hermanos, etc
- Ceder a un familiar directo del inhumado
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Título original
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DNI del cedente/s y cesionario/s
Según el estado civil del cedente:
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Casado, copia certificada de la libreta de matrimonio y conformidad del cónyuge para la solicitud de transferencia.
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Soltero, declaración jurada de su estado civil en la Oficina del Departamento Mutuales del Cementerio El Salvador.
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Viudo, copia certificada del certificado de defunción y libreta de matrimonio.
Etapa 2 - Cuando el tramite se aprueba
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Boleto de Cesión de Derechos y Acciones firmada por el cedente (titular), cónyuge (si correspondiese) y el cesionario con su respectiva certificación de firmas ante Escribano Público o Tribunales.
Costo
En la etapa 2, cuando el trámite fue aprobado se abona:
- A los efectos del registro de la transferencia de nichos, perpetuas y panteones entre herederos u otros el 10% del valor de los nichos, sepulturas y/o terrenos (Art. 15 de la OGI).
Cómo realizarlo
Acercate a la oficina de Mesa de Entradas de cualquier Centro Municipal de Distrito con la documentación indicada para iniciar el expediente.