Gestioná la solicitud inicial del beneficio o su renovación. La exención se concede al dominio del vehículo destinado al uso de la persona con discapacidad. 

Aspectos importantes a tener en cuenta

  • Vigencia desde: la exención corresponderá desde la inscripción del vehículo. En caso de tratarse de vehículo usado, cuyo titular no sea la persona con discapacidad, y la fecha de solicitud exceda los 30 días desde la fecha de inscripción; corresponderá desde la fecha de solicitud de la exención.

    Vigencia hasta: la exención será válida hasta el vencimiento del Certificado Único de Discapacidad (CUD). Si el CUD se prorroga, deberás solicitar la renovación del beneficio.

  • Cambio de vehículo: dado que el beneficio se otorga al dominio, si cambiás el vehículo deberás solicitar un nuevo beneficio para el nuevo dominio. En el mismo trámite podrás informar la baja de la exención anterior.

Requisitos y Documentos a presentar

Nuevo beneficio

Requisitos

  • Vehículo radicado en Rosario y debe estar inscripto a nombre de la persona con discapacidad; o cónyuge o conviviente; padre, hijo; Tutor, Curador o Guardador Judicial.
  • El titular del vehículo y la persona con discapacidad deben contar con una única exención de pago de patente automotor. Caso contrario, se debe solicitar la baja del beneficio que ya se posee.
  • La valuación fiscal del vehículo no debe superar los $46.530.036 (salvo que haya sido adquirido bajo el régimen de la Ley Nacional Nº 19279, en cuyo caso no posee tope de valuación). Consultar la valuación.
  • No adeudar patente a la fecha de inscripción del vehículo. En caso de tratarse de vehículo usado, cuyo titular no sea la persona con discapacidad, y la fecha de solicitud exceda los 30 días desde la fecha de inscripción; no adeudar patente a la fecha de solicitud de la exención. Consultar deuda de patente. La vigencia del beneficio en estos casos será la fecha en que se solicita la exención.
  • El Certificado Único de Discapacidad (CUD) debe ser válido y encontrarse en vigencia. En caso de existir deuda anterior a la vigencia del mismo, se debe acreditar la condición de discapacidad por dichos períodos adeudados. Consultar la autenticidad del Certificado.
  • Si el vehículo está a nombre de ascendiente, descendiente, tutor, curador o guardador judicial de la persona con discapacidad; los domicilios de los mismos se deben encontrar en la misma localidad o en localidades distantes hasta 50 km.

Documentos a presentar

  • Título del vehículo completo (si tu título es nuevo podés descargar la copia Digital en el portal de la DNRPA ingresando los códigos que figuran en el que está en tu poder).

  • DNI de titular/es del vehículo y de la persona con discapacidad.

  • Certificado Único de Discapacidad expedido por la Junta Evaluadora correspondiente, válido y vigente; y los CUD precedentes, en caso de existir deuda anterior (podés adjuntar la imagen del CUD físico o del CUD digital que figura en la aplicación Mi Argentina).

  • Poder suscripto ante Escribano Público si quien tramita es Apoderado

 

Si el titular del vehículo no es la persona con discapacidad, se deberá presentar la documentación que acredite el vínculo:

  • Cónyuge: Libreta o Certificado de casamiento.

  • Conviviente: Información Judicial que acredite más de 2 años de convivencia. Se tramita en Tribunales Provinciales, Juzgado Civil y Comercial (Balcarce 1651, Rosario).

  • Ascendiente o Descendiente: documentación que acredite el parentesco.

  •  Tutor, Curador o Guardador Judicial: designación judicial.

Si cambiaste de vehículo, al solicitar el nuevo beneficio podrás informar la baja de la exención anterior.

Renovar el beneficio

Documentos a presentar

  • Certificado Único de Discapacidad expedido por la Junta Evaluadora correspondiente, válido y vigente; y los CUD precedentes, en caso de existir deuda anterior (podés adjuntar la imagen del CUD físico o del CUD digital que figura en la aplicación Mi Argentina).

  • Poder suscripto ante Escribano Público si quien tramita es Apoderado

 

Si el titular del vehículo no es la persona con discapacidad:

  • Resolución de otorgamiento de exención. En caso de no poseerla deberá presentar la documentación que acredite el vínculo:

    • Cónyuge: Libreta o Certificado de casamiento.

    • Conviviente: Sumaria Información Judicial que acredite más de 2 años de convivencia. Se tramita en Tribunales Provinciales, Juzgado Civil y Comercial (Balcarce 1651, Rosario).

    • Ascendiente o Descendiente: documentación que acredite el parentesco.

    •  Tutor, Curador o Guardador Judicial: designación judicial.

Cómo realizarlo

Accediendo desde el botón Comenzar podrás loguearte con tu perfil digital e iniciar el trámite. Si no contás con perfil allí mismo tendrás la opción para crearlo.

Importante Para resolver online este trámite necesitás tener Perfil Digital con identidad verificada.
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