Permite acceder a la titularidad del sepulcro y tener disponibilidad del mismo para realizar inhumaciones, reducciones, traslados, entre otros.
Art. 38 Ord. 6484/97
Requisitos
- Las copias y las firmas deberán ser certificadas por el empleado municipal interviniente, escribano público o tribunales provinciales.
Documentos a presentar
- Formulario Transferir titularidad de sepulcro municipal por cesión, completo
- Certificado de pago de Tasa de Cementerio.
- DNI de los cesionarios (nuevos titulares), original y copia.
- Boleto de Cesión de Derechos y Acciones firmada por el cedente (titular), cónyuge (si correspondiese) y el cesionario con su respectiva certificación de firmas ante Escribano Público o Tribunales.
- Título de sepultura, original. En caso de no poseerlo, completá el formulario Declaración Jurada de Extravío.
Costo
A los efectos del registro de la transferencia de nichos, perpetuas y panteones entre herederos u otros debés abonar:
- 10% del valor de los nichos, sepulturas y/o terrenos.
- 5% del valor del panteón incluido el terreno.
Cómo realizarlo
Acercate a la oficina de Mesa de Entradas de cualquier Centro Municipal de Distrito con la documentación indicada para iniciar el expediente.
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