Permite acceder a la titularidad del sepulcro y tener disponibilidad del mismo para realizar inhumaciones, reducciones, traslados, entre otros.


Art. 38 Ord. 6484/97

Requisitos

  • Las copias y las firmas deberán ser certificadas por el empleado municipal interviniente, escribano público o tribunales provinciales.

Documentos a presentar

  • Formulario Transferir titularidad de sepulcro municipal por cesión, completo
  • Certificado de pago de Tasa de Cementerio.
  • DNI de los cesionarios (nuevos titulares), original y copia.
  • Boleto de Cesión de Derechos y Acciones firmada por el cedente (titular), cónyuge (si correspondiese) y el cesionario con su respectiva certificación de firmas ante Escribano Público o Tribunales.
  • Título de sepultura, original. En caso de no poseerlo, completá el formulario Declaración Jurada de Extravío.

Costo

A los efectos del registro de la transferencia de nichos, perpetuas y panteones entre herederos u otros debés abonar:

  • 10% del valor de los nichos, sepulturas y/o terrenos.
  • 5% del valor del panteón incluido el terreno.

Cómo realizarlo

Acercate a la oficina de Mesa de Entradas de cualquier Centro Municipal de Distrito con la documentación indicada para iniciar el expediente.

Enviar mensaje por WhatsApp