Podés adherir, recategorizar, rectificar períodos o dar de baja del Régimen Simplificado
Requisitos
Personas físicas y/o Sociedades Simples:
-
CUIT, Clave fiscal de nivel 3 y adherir el Servicio Municipalidad de Rosario - trámites tributarios, en el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal de AFIP
- Con un único local en la ciudad. Su superficie total no debe superar los 300 m²
- Con no más de 3 empleados en relación de dependencia
- Con ingresos brutos totales devengados en el municipio que no superen los $8.487.628,79 en los últimos 12 meses calendarios anteriores - considerar los ingresos gravados, no gravados y exentos por el tributo
- No alcanzadas por las previsiones de los arts.9 y 11 de la Ordenanza General Impositiva (cuotas fijas especiales/mensuales)
- No alcanzadas por las disposiciones del Convenio Multilateral
- Que no realicen importaciones de bienes y/o servicios
Tabla del Régimen simplificado
Categoría | II BB anuales totales | Sup. total hasta | Derecho | Publicidad 2% (art. 12b) | Publicidad 8% (art. 12c) |
I | $1.055.218,72 | 45 m2 | 34 MT | 34,50 MT | 36 MT |
II | $2.727.324,99 | 85 m2 | 64 MT | 65 MT | 69 MT |
III | $4.014.419,04 | 110m2 | 117 MT | 117 MT | 124 MT |
IV | $6.675.405,34 | 200 m2 | 152 MT | 152 MT | 160 MT |
V | $8.487.628,79 | 300 m2 | 207 MT | 207 MT | 219 MT |
Valor del Módulo Tributario (MT)
- $53,50 (actualizado a marzo 2023)
Sin costo
Consultar la Guía paso a paso de Régimen Simplificado
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