Para gestionar tu firma digital:
2. El día del turno recordá contar con:
- DNI y número de CUIT o CUIL.
- Teléfono inteligente con conexión a internet y tener instalada la aplicación Google Authenticator.
La Municipalidad de Rosario está autorizada como Autoridad de Registro pudiendo de esta manera emitir Certificados de Firma Digital.
Para gestionar tu firma digital:
2. El día del turno recordá contar con:
Para gestionar tu firma digital contás con las siguientes autoridades de registro:
Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe (con Token)
Caja de Previsión Social de los Profesionales de la Ingeniería (Exclusivo para afiliados y afiliadas, con turno previo a partir del lunes 3 de abril)
La plataforma de Firma Digital Remota es una herramienta tecnológica que permite firmar y validar digitalmente documentos electrónicos.
1. Accedé al firmador con tu Usuario y Contraseña:
2. Ingresá el Código OTP generado desde la Aplicación de tu Teléfono Móvil.
3. Subí el Documento PDF que desees firmar.
4. Ingresá el PIN y hacé clic en el botón Firmar.
5. Podrás pre-visualizar el documento firmado y si es correcto, deberás descargarlo para concretar la firma.
Para mayor información podés consultar el Instructivo de Firma Digital.
Para comprobar la autoría y verificar la validez de la firma digital de un documento recibido deberás:
1. Instalar Adobe Acrobat Reader DC (para poder visualizar los archivos PDF's que te enviarán firmados)
Descargá de Adobe Reader DC
Configurá Adobe Acrobat Reader DC siguiendo estos pasos.
2. Instalar los certificados (para poder comprobar la autoría del firmante)
Instalador para Windows:
Cadena de certificados emitidos por AC-Raíz, incluye todos los certificados de las autoridades certificantes públicas y privadas.
Descarga manual de certificados para cualquier sistema operativo:
Certificados de la República Oriental del Uruguay: Certificado Raíz
Certificadores autorizados:
Ambas tienen la misma validez jurídica. Si ya tenés Firma Digital con Token, no hay necesidad de que solicites la Firma Digital remota ya que sólo se diferencian por el uso de distintas tecnologías. De todas formas, tener la Firma Digital remota no afecta la Firma Digital con Token.
Tanto la Firma Electrónica como la Firma Digital, tienen Validez Jurídica. La Firma Electrónica NO reemplaza a la Firma Hológrafa (manuscrita) ya que no cumple con las propiedades necesarias como si lo hace la Firma Digital, además del Valor Probatorio que tiene esta última.
La Validez Probatoria de la Firma Digital la hace notoriamente superior a la Firma Electrónica, garantizando la legalidad y transparencia de los documentos firmados digitalmente como prueba legal. El valor probatorio de la firma digital se encuentra en la Ley 25.506 garantizando lo mencionado anteriormente.
Cabe destacar que la Firma Digital es validada por una Autoridad Certificante que nos asegura la Autenticidad de la misma.
No. Un documento con Firma Digital Impreso no posee Valor Legal ni Valor Probatorio, ya que en el documento impreso no se visualiza ninguna marca que certifique el autor de la firma y tampoco se podría verificar la Integridad del mismo (la no alteración del documento).
No. Cuando firmás un Documento no se guarda en la Plataforma de Firma Digital Remota.
Es importante remarcar que el proceso de Firma finaliza una vez que el Documento Firmado es descargado en tu dispositivo, de esta manera estará disponible para enviarlo o para verificar su integridad.
Sí. Esta Firma Digital tiene validez para firmar documentos municipales y no municipales. En el marco de la Ley N° 25.506 de firma digital y su Decreto N° 2628/02 (actualmente derogado por el Decreto N° 182/2019) reglamentario de la ley de firma digital.
El Certificado de firma digital consta de:
Usuario y contraseña para ingresar a la Plataforma de Firma Digital Remota.
Código OTP, que obtenés a través de la aplicación descargada en el teléfono inteligente.
PIN necesario para generar la Firma.
También contarás con un correo electrónico notificando la emisión del Certificado de Firma Digital y el Código de Revocación.
Los Certificados de Firma Digital emitidos bajo la Política Única de Certificación son gratuitos y no se cobra ningún tipo de arancel o tasa por su solicitud, emisión, revocación o utilización.
Los certificados tienen un período de validez de CUATRO (4) años a partir de su fecha y hora de emisión.
Para renovar tu certificado de firma digital deberás presentarte nuevamente ante una Autoridad de Registro para cumplir con el procedimiento de corroboración de identidad.
Deberás dar de baja/revocar el Certificado de Firma Digital con el Código de Revocación informado en tu mail o bien dirigirte a la Autoridad de registro, ya que no se pueden recuperar o restablecer ni la Clave ni el PIN.
Finalizada la Revocación, podrás sacar nuevamente la Firma Digital.
Tenés dos opciones:
Significa “One Time Password”, y se genera en el teléfono inteligente con la Aplicación Free OTP (previamente descargada). Este Código PIN va cambiando cada cierta cantidad de tiempo, y es válido solo para UNA autenticación.
Funciona como Segundo Factor de Autenticación para gestionar el Certificado de las Claves. El Código OTP es conocido únicamente por el solicitante y que se encuentra asociado a la cuenta de usuario que fue previamente autenticada por el Oficial de Registro.
Debés utilizar el Código de Revocación que fue enviado a tu correo electrónico cuando se emitió tu certificado.
Cuando tu solicitud sea aprobada recibirás un correo electrónico confirmando la revocación.
Una Autoridad de Registro (AR) puede ser una entidad pública o privada que se encuentre habilitada para emitir certificados digitales, en el marco de la normativa vigente.
La Autoridad Certificante (AC-Modernización-PFDR) delega funciones a la Autoridad de Registro para que puedan validar la identidad y otros datos de los suscriptores de certificados, es decir que la AR es la encargada de la registración de los solicitantes de certificados de Firma Digital Remota.
Porque se basa en la generación de dos claves (una Pública y una Privada), que estarán relacionadas matemáticamente entre sí, donde se utiliza una de ellas para firmar y otra para Verificar la misma. Este mecanismo matemático impide que sabida una de las claves se pueda calcular la otra clave. Este procedimiento es conocido como Criptación asimétrica o de clave pública.