El programa tiene como objetivo impulsar la colaboración público-privada, permitiendo que personas, empresas y organizaciones patrocinen actividades, espacios y servicios municipales que generen un impacto positivo en la comunidad. 

ConvocatoriaS abiertaS en la ciudad de Rosario

41º Encuentro y Fiesta Nacional de Colectividades 2025

Rubro: Mutuales

Convocatoria vigente: del 30/10 al lunes 03/11 

Fecha: 7 al 16 de noviembre de 2025
Horario: entre las 19 y la 1:30hs

10 noches de sabores, música, tradiciones, danzas típicas en el Parque Nacional a la Bandera. 38 años ininterrumpidos de una fiesta que reúne todas las culturas del mundo.
La más grande del país ya que reúne a la mayor cantidad de colectividades. Más de 50 colectividades de los 5 continentes.

34% de los visitantes provienen de otras ciudades.
1.000.000 de visitantes durante los diez días.

Una oportunidad única para potenciar tu marca y ser parte de la fiesta que une a todo el mundo.

¿Qué buscamos?
Empresas o instituciones que deseen ser parte del evento mediante patrocinio.

Si te interesa, escribinos a patrocinio@rosario.gob.ar y nos contactaremos. Te enviaremos una propuesta de sponsoreo con vigencia de 72hs para su aceptación. De no ser así, será desestimada.

Calle Recreativa

Convocatoria vigente desde: el 24/10 al 28/10

Calle Recreativa es una alternativa masiva de convivencia, encuentro, esparcimiento, vida saludable, actividad física y movilidad activa para toda la ciudadanía. Brinda un espacio público ordenado, aprovechado por todas las edades

El circuito contempla 35 km libres de autos, motos y transporte urbano para caminar, correr, patinar, andar en bici o rollers. Las calles que la componen son: Av. de la Costa (de Rioja a Bv. Avellaneda), Bv. Oroño (de Av. de la Costa a Bv. 27 de Febrero); Bv. 27 de Febrero (de Bv. Oroño a San Martín); Av. San Martín (de Bv. 27 de Febrero hasta Av. del Rosario).

¿Qué buscamos?
Empresas que deseen patrocinar las vallas que se utilizan en calle recreativa.

Regimen de patrocinio municipal

El presente régimen, establecido en el Art. 12º de la Ordenanza Nº 10719/2024 y reglamentado por el Decreto Nº 0498/2025, propone los siguientes mecanismos para patrocinar o sponsorear: 

Plan Anual de Patrocinio. Cada año se confeccionará y publicará el plan que incluirá propuestas sobre los activos patrocinables, cantidad y categorías de patrocinadores de cada uno y el plazo de duración del patrocinio.

Convocatoria Particular. Para promover el patrocinio de una actividad determinada la Municipalidad de Rosario podrá publicar una convocatoria particular, invitando a los posibles interesados según la materia de que se trate a presentar sus propuestas.

Manifestación de Interés. Los eventuales interesados podrán presentar su propuesta particular de patrocinio, detallando el valor del aporte, las acciones de difusión sugeridas, los valores de la marca, una memoria descriptiva del proyecto, el tiempo propuesto y una valuación de mercado de su pretensión.

¿Qué se puede patrocinar?

Se pueden sponsorear las siguientes actividades, bienes y/o servicios; tanto de la Municipalidad de Rosario como de sus entes autárquicos y aquellas sociedades y/o empresas en las que el Municipio tenga participación mayoritaria.

  • Programas, eventos y/o actividades de carácter cultural, educativo, turístico, social, tecnológico, comercial, deportivo y/o recreativo.
  • Sedes, edificios, instalaciones y todo tipo de muebles e inmuebles de interés histórico, artístico o cultural.
  • Campañas de comunicación, concientización y prevención en materia de salud, educación, cultura, seguridad vial y medio ambiente. 

¿En qué consiste el aporte?

El aporte podrá consistir en una contribución en dinero y/o en la provisión de bienes y/o servicios. En este último caso, deberá servir a un fin público y guardar relación económica con el patrocinio. Las aportaciones podrán cubrir la totalidad o parte de la actividad patrocinada. Siempre que la actividad patrocinada lo permita, las aportaciones podrán proceder de varios patrocinadores, pudiendo hacer reserva de rubro. 

¿Cuál es el procedimiento?

  • Los interesados en patrocinar elevan la propuesta en el marco del Plan Anual de Patrocinio, de una Convocatoria Particular o mediante su Manifestación de Interés.

  • La selección de uno o más patrocinadores para cada activo patrocinable deberá ser ponderada y fundada, teniendo en cuenta los factores económicos, el prestigio de la marca a asociar, la inexistencia de conflicto de intereses con la misma y el interés público comprometido, siempre en cumpliendo de los principios de transparencia, eficiencia, competencia y economicidad.

  • Para formalizar la relación, se celebrará un contrato de patrocinio.

¿Cuáles son los beneficios para el Patrocinador?

  • Alta visibilidad de marca en espacios públicos, medios municipales y canales de difusión institucional

  • Asociación con valores de compromiso social y desarrollo comunitario

  • Participación activa en proyectos de impacto positivo y transformación urbana

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