Podés liquidar la tasa, pagar y realizar un convenio de pagos

¿Qué acción querés realizar?

Una vez realizada la liquidación, debés pagar el importe dentro de los 30 días desde la fecha de emisión. Caso contrario, deberás confeccionar una nueva liquidación.

Si el trámite cuenta con una visación previa presentada con anterioridad en el mismo lote, se puede descontar el valor abonado.

Requisitos

  • Número de Cuenta y Código de Gestión Personal de la TGI de la parcela correspondiente

Condiciones del convenio de pago

  • Hasta 12 cuotas. La cuota mensual mínima es de $100. La 1ª cuota tendrá el carácter de formalización y principio de ejecución del plan de pago, debiéndose pagar el día en que se formalizó el plan
  • Los intereses exactos de la deuda se calculan al momento de la formalización del convenio.

Tené en cuenta que la acumulación de 3 cuotas mensuales impagas, consecutivas o alternadas, o el atraso en más de 90 días corridos en el pago de una cuota dan paso a la caducidad automática del plan.

Costo

Podés pagar online con tarjeta de débito o crédito. Es un medio seguro y se acredita inmediatamente.

Gestión presencial

Solicitá un turno web para la oficina de Finanzas. El día del turno, acercate al Centro Municipal de Distrito correspondiente con la documentación a presentar. Si sos Contribuyente estratégico, dirigite al Programa CER, Urquiza 902, 1°.

Agendar turno

Documentos a presentar

Para descuento por visación previa presentá el comprobante de pago del trámite previo. De esa manera, se realiza el descuento correspondiente y se genera la emisión correcta.

Formularios a presentar

​​​​​​​Valor del Índice del Costo de la Construcción (ICC)

A  partir del 1° de octubre de 2021, se establece el ICC en 8.157,05 aplicable para el cálculo de la "Tasa de Servicios Técnicos de Revisión de Planos e Inspección de Obras", conforme a las disposiciones del Decreto N°1455/2008 y los artículos 60 y 61 de la Ordenanza General Impositiva y su modificatoria Ordenanza N° 8269.

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