Podés solicitar la exención y condonación de la deuda en función de los ingresos y características de tu grupo familiar.

Requisitos

  • Ser propietario, copropietario, usufructuario, inquilino, comodatario, o tenedor de boleto de compraventa, de inmueble único, exclusivamente destinado a vivienda familiar, y habitarlo.
  • El inmueble debe tributar hasta 2 mínimos absolutos de la TGI del radio correspondiente.
  • El total de ingreso de todos los habitantes no debe superar el correspondiente a un haber y medio previsional mínimo ($ 351.810); no se suma la Asignación Universal por Hijo.

Documentos a presentar

Los siguientes documentos serán requeridos al momento de iniciar el trámite.

  • Si el solicitante no coincide con el titular del inmueble: escritura de propiedad; boleto de compraventa sellado con fecha no menor a 5 años; si el titular falleció: declaratoria de herederos o libreta de matrimonio y certificado de defunción.
  • Si el solicitante es usufructuario: escritura donde conste reserva de usufructo. Inquilinos: contrato de locación sellado vigente. Comodatarios: contrato de comodato sellado vigente. En estos últimos casos, con cláusula donde conste el pago total del tributo a cargo del locatario o comodatario, respectivamente.
  • En caso de haber alguna persona con discapacidad o problemas de salud, certificado médico.
  • Último recibo de haberes de todos los convivientes que tengan ingresos demostrables.

Sin costo

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Si decidís hacer la gestión presencial

Documentación a presentar

Los siguientes documentos serán requeridos al momento de iniciar el trámite.

Original y copia de

  • Si el solicitante no coincide con el titular del inmueble: escritura de propiedad; boleto de compraventa sellado con fecha no menor a 5 años; si el titular falleció: declaratoria de herederos o libreta de matrimonio y certificado de defunción.

  • Si el solicitante es usufructuario: escritura donde conste reserva de usufructo. Inquilinos: contrato de locación sellado vigente. Comodatarios: contrato de comodato sellado vigente. En estos últimos casos, con cláusula donde conste el pago total del tributo a cargo del locatario o comodatario, respectivamente.

  • En caso de haber alguna persona con discapacidad o problemas de salud, certificado médico.

  • Último recibo de haberes de todos los convivientes que tengan ingresos demostrables.

Cómo realizarlo

Solicitá un turno web para la oficina de Atención al vecino y mesa de entradas. El día del turno acercate al Centro Municipal de Distrito con la documentación a presentar indicada.

Agendar Turno

Si se aprueba tu pedido, la Municipalidad emite una resolución y luego serás notificado/a en tu domicilio. También podés consultar el estado del trámite en el Dpto. Exenciones de la Dir. Legal Tributaria, tel. 4802395, de 8 a 12 hs.

Consideraciones

En caso de producirse cualquier modificación respecto del cumplimiento de los requisitos verificados al momento de otorgarse la exención, deberá ser comunicado al municipio a fin de disponer la quita del beneficio. Por ejemplo aumento de haberes, traslado de vivienda, fallecimiento de titular, cambios de convivientes o de sus ingresos o utilización del inmueble, entre otros.

Paso a paso - Gestión online

  1. Paso
    1

    Accedé desde el botón, ingresá los datos solicitados y si corresponde adjuntá la documentación requerida.

  2. Paso
    2

    Ingresá a tu perfil digital.

    Accedé a la solapa Gestiones donde podrás seguir la evolución del trámite hasta su finalización.

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