Gestioná la exención del pago de la tasa de revisión de planos.

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Requisitos

  • Si quien tramita es una persona jurídica, ser representante de la misma.

Contar con un permiso de edificación referido a:

  • Construcción, ampliación o reforma de viviendas en hasta 2 unidades locativas en un mismo lote de una superficie cubierta máxima de 80 m² cada una y solo cuando se trate del único inmueble del titular, carácter que se determinará por declaración jurada, sujeta a verificación. Se entenderá por superficie cubierta total la superficie final resultante del inmueble - en caso de ampliación o reforma, se incluye la existente.
  • Construcción de viviendas económicas, individuales o colectivas de hasta 100 m² de superficie cubierta total, correspondiente a planes oficiales que se ajusten a las especificaciones determinadas por los organismos técnicos competentes.
  • Construcciones de la Nación, la Provincia de Santa Fe y la Municipalidad de Rosario, con excepción de las que correspondan a Empresas del Estado, entidades autárquicas o descentralizadas con fines comerciales, industriales, financieros o de servicios públicos.
  • Construcciones de los cultos religiosos, destinadas a templos exclusivamente y sus dependencias.
  • Construcciones de propiedad de establecimientos de Asistencia Social Gratuita y con destino a sus fines específicos.
  • Construcciones destinadas a asilos, de propiedad de entes benéficos debidamente reconocidos por la Municipalidad.
  • Construcciones de propiedad de entidades deportivas de carácter amateur. Con personería jurídica otorgada, o en trámite durante un plazo máximo de 6 meses; siempre que desarrollen una actividad federada, se encuentren en trámite de federarse o realicen actividades deportivas en forma habitual y permanente. Y se trate de construcciones con destino a sus fines específicos.
  • Construcciones de propiedad del Banco Municipal de Rosario, del Servicio Público de la Vivienda de la Municipalidad y del Instituto Municipal de Previsión Social, en relación con el cumplimiento de sus fines específicos.

Documentos a presentar

Los siguientes documentos serán requeridos al momento de iniciar el trámite.

  • Documentación legal que acredite la condición de beneficiario.

Sin costo

Si decidís hacer gestión presencial

Documentos a presentar

  • Copia autenticada de la documentación legal que acredite la condición de beneficiario.
  • Nota dirigida al Intendente solicitando la exención.

Cómo realizarlo

Solicitá un turno web para la oficina de Atención al vecino y mesa de entradas. El día del turno acercate al Centro Municipal de Distrito con la documentación a presentar.

Agendar Turno

Paso a paso - Gestión online

  1. Paso
    1

    Accedé desde el botón, ingresá los datos solicitados y si corresponde adjuntá la documentación requerida.

  2. Paso
    2

    Ingresá a tu perfil digital.

    Accedé a la solapa Gestiones donde podrás seguir la evolución del trámite hasta su finalización.

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