Gestioná la exención de pago de la patente automotor. Válido para:

  • Organismos del estado, Iglesia, Cuerpos Consulares y Diplomáticos Extranjeros
  • Cuerpos de Bomberos/as Voluntarios/as y entidades religiosas o de bien público
  • Maquinarias agrícolas, tractores y acoplados rurales usados como tales
  • Empresas Industriales acogidas a la Ley de Promoción Industrial Asociaciones Mutuales
  • Centro de ex-soldados combatientes de Malvinas
  • Ente Administrador Puerto Santa Fe y Puerto Rosario
  • EPE, Entidades gremiales y sindicales, INTA, Universidades Nacionales, Bibliotecas Populares reconocidas.

Requisitos

Cumplir con todos los requerimientos del trámite.

Documentos a presentar

  • Formularios completos.

  • En caso de vehículos 0 km - con inscripción inicial a nombre del solicitante - no agregar certificado de fábrica o de nacionalización.

Formularios

Costo

  • Tasa Retributiva de Servicios Provincial

Cód. 91066 por Carátula y Cód. 91011 por cada foja siguiente -excepto casos detallados en el art. 282 del Código Fiscal.  Generá la liquidación web y efectuá en pago en Banco de Santa Fe.

Cómo realizarlo

1. Solicitá un Turno web para la oficina de Finanzas del Centro Municipal al cual asistís y pedí la impresión de la Visualización de Datos Maestros (VDM) donde conste el alta en el sistema.

Agendar turno

2. Acercate a la oficina de Atención al vecino con la documentación a presentar.

Consideraciones

Quien resuelve la exención es la Administración Provincial de Impuestos.

La presentación de cualquier documentación por duplicado (original y copia) puede reemplazarse por copia certificada en la Oficina de Certificaciones de Tribunales Provinciales, ante Escribano Público o entidad bancaria.

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