Quienes se adhieran a la Ordenanza Nº 10.848, tanto en obras nuevas como en ampliaciones.
En el caso de ampliación de una obra existente ¿qué se necesita?
En el caso de ampliaciones, podrá ejecutarse la intervención mediante la adhesión a la Ordenanza Nº 10.848/2025, siempre que se presente el acta de asamblea que acredite la conformidad unánime de los titulares de dominio de las unidades funcionales, conforme al Reglamento de Propiedad Horizontal, al Código Civil y Comercial y a la normativa vigente en la materia.
¿La cobertura vegetal se puede proyectar en cualquier lado?
La cobertura vegetal deberá disponerse en los niveles donde se desarrollen los espacios de uso común admitidos en el marco de la Ordenanza Nº 10.848.
No se admitirá la localización del porcentaje mínimo exigible en salientes, balcones, ni en elementos volados, sean de uso común o privado.