Licencia por estudio e investigación
Descripción
El agente puede acceder a una licencia por estudio e investigación, quedando obligado a permanecer en su cargo por un período igual al doble del lapso acordado, cuando este supere los 3 meses. Asimismo, al término de la licencia acordada, deberá presentar ante la autoridad superior de su organismo un trabajo relativo a las investigaciones o estudios realizados.
¿Quién puede realizarlo?
El agente que se encuentra en instancias de estudio o investigación.
¿Dónde se realiza el trámite?
Ante el responsable de personal de su repartición.
Documentación
Nota de Solicitud de Licencia adjuntando invitación de organismos oficiales.
Información para el responsable de personal
- Código del trámite: LINH
-
Operatoria:
- El agente presenta a su Responsable de Personal la nota con Solicitud de Licencia.
- Responsable de Personal eleva a su Director para la autorización.
- Se envía la documentación a Mesa de Entrada (DGP), quien clasifica según destino.
- Trámites Descentralizados (DGP) toma conocimiento de la misma y envía a Despacho (DGP), para realizar el encuadre técnico.
- Despacho (DGP) envía la nota con Solicitud de Licencia y documentación a Secretaría de origen para confección del texto legal correspondiente.
- Una vez realizado el Decreto, devuelve a Mesa de Entrada (DGP), quien recepciona y clasifica según destino.
- Trámites Descentralizados toma conocimiento y envía a Despacho.
- Despacho registra justificación en el legajo y notifica al agente.
- La documentación vuelve a la repartición con definición de la Secretaría y se archiva en la misma.