Licencia por estudio e investigación

Descripción

El agente puede acceder a una licencia por estudio e investigación, quedando obligado a permanecer en su cargo por un período igual al doble del lapso acordado, cuando este supere los 3 meses. Asimismo, al término de la licencia acordada, deberá presentar ante la autoridad superior de su organismo un trabajo relativo a las investigaciones o estudios realizados.

¿Quién puede realizarlo?

El agente que se encuentra en instancias de estudio o investigación.

¿Dónde se realiza el trámite?

Ante el responsable de personal de su repartición.

Documentación

Nota de Solicitud de Licencia adjuntando invitación de organismos oficiales.

Información para el responsable de personal

  • Código del trámite: LINH
  • Operatoria:
    • El agente presenta a su Responsable de Personal la nota con Solicitud de Licencia.
    • Responsable de Personal eleva a su Director para la autorización.
    • Se envía la documentación a Mesa de Entrada (DGP), quien clasifica según destino.
    • Trámites Descentralizados (DGP) toma conocimiento de la misma y envía a Despacho (DGP), para realizar el encuadre técnico.
    • Despacho (DGP) envía la nota con Solicitud de Licencia y documentación a Secretaría de origen para confección del texto legal correspondiente.
    • Una vez realizado el Decreto, devuelve a Mesa de Entrada (DGP), quien recepciona y clasifica según destino.
    • Trámites Descentralizados toma conocimiento y envía a Despacho.
    • Despacho registra justificación en el legajo y notifica al agente.
    • La documentación vuelve a la repartición con definición de la Secretaría y se archiva en la misma.